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EL TIEMPO EN LA CRUZ

7 de agosto de 2013

La veda electoral en las redes: libertades, limitaciones y enredos del universo 2.0

Lo que sucede en blogs y periódicos digitales sí está bajo el control de la veda en tiempos de elecciones. Las cuentas de redes sociales Twitter o Facebook, por citar las más populares, no están reguladas.
Esto es lo que el director nacional electoral Alejandro Tullio traduce al universo 2.0 los incisos F y H del artículo 71 del código que rige los actos eleccionarios a nivel federal.
Uno de ellos prohíbe “publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre”.
La sanción pertinente es una multa con la que, entre otras cosas, se le retienen fondos de aportes partidarios como de campaña en la próxima elección.
Tullio aclaró, en tanto, que “no dije que estuviera permitido difundir bocas de urna por Twitter y Facebook, sino que estas redes no están reguladas. Las empresas pueden ser penadas”.

Explicó que la mayor libertad de las redes sociales es porque “no son universales, por más que estén extendidas son consensuales, uno sigue a otra personas, entonces las expresiones del que las firman”. Incluso su moción es que se mantengan así, pues considera que “son un espacio donde la expresión no debe encontrar límite”, y sostiene que, además, no se debe “obturar la creatividad”.  En referencia a la labor periodística sobre la difusión de datos de “boca de urna”, reflexionó que “si citás la fuente la sancionan, y si no lo hacés, es poco profesional”. Los datos oficiales recién comienzan a ser difundidos a partir de las 21. Nicolás Deane, antiguo secretario de la Cámara Nacional Electoral, considera que “en la medida en que exista una denuncia de un partido hacia otro, la Justicia puede interpretar la norma de cuando se viola la veda en una red social. Entonces, a partir de esa jurisprudencia se está generando la interpretación de la norma, porque en realidad la prohibición existe, es expresa y requiere tal vez volver a interpretar con nuevas tecnologías que han aparecido desde que se redactó la norma”. Mientras tanto el anonimato juega un rol importante en esta discusión y aquí hay recurrir a las herramientas disponibles en el momento para descubrir lo oculto. La ley queda, de esta ma-nera, al resguardo de una interpretación que define antecedentes, mientras la legislación avanza lento en este y tantos otros puntos que marcan las nuevas tecnologías.   Fuente:www.ellitoral.com.ar

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