9 de abril de 2015
En la Dirección Provincial de Vialidad, 23 años cobrando sueldos que no corresponden
Un Decreto incumplido durante 23 años provoca gastos y costa de juicios al erario de la provincia, daño patrimonial a la Administración Pública y molestias a algunos empleados que aún viven. Algunos funcionarios en actividad se benefician con el incumplimiento de ese instrumento legal. Durante la Intervención Federal de 1992 (Durañona y Vedia) un supuesto Acuerdo Paritario entre la patronal y el gremio vial (Secretario General Ricardo Canteros), fue aprobado por el mandamás de turno, el ingeniero Solsona, mediante Resolución Nº425-I del mes de agosto de ese año. En base a ese aparente convenio Paritario, el grupete sindical y adherentes se elevaron las categorías. Los ascensos se concretaron de un modo tan trucho, que a los pocos días la misma Intervención Federal, ahora con Claudia Bello en el control, la dejaría sin efecto mediante el Decreto 621 (también en agosto de 1992). Bello ordenó además un Sumario por Fiscalía de Estado para establecer las responsabilidades
La otra cara de la moneda, es que otros cientos de agentes ligaron de arriba, rebajándole la categoría. Lo inverosímil de la situación es que en 2015, 23 años después, algunos jerarcas permanecen cobrando bajo el paraguas de la anulada Resolución N°425-I. Simplemente no se rebajaron nada sus ascensos, cobrando hasta el día de hoy, aquella promoción de 1992 del extinto Fernando de Durañona y Vedia que fue tumbada en su momento. Pasaron nueve gestiones, y la irregularidad, jamás fue modificada.
Algunos de los damnificados hicieron juicio y ganaron, y otros, se fueron muriendo. Uno de los casos, es del agente Roberto Agustín Chas, quien después que se jubiló en el 2006. Chas era radio operador de la filial Goya, a quien le bajaron de la categoría XIII a la VIII. Entre los años 1992 y 2006, el agente Chas reclamó trece (13) veces por su categoría. Los sucesivos jerarcas de Vialidad no le contestaron ni una sola vez. Después que se jubiló hizo juicio y ahora ganó el pleito.
Entre los perjudicados de 1992 ya hubo varios juicios ganados. Ahora hasta podrían reclamar los distraídos que no lo hicieron antes, aunque se hayan jubilado.
Esta es la séptima vez que Diario 1588 aborda el caso de la Resolución 425/92 por sueldos sin respaldo legal. Parece mentira.
SENTENCIA
El fallo a favor de Chas, fechado en marzo 20 de 2015 determina que “el problema se plantea en cuanto, en definitiva, la DPV hizo caso omiso al decreto en cuestión” (621/92…) “y continuó liquidando sus haberes en base a la categoría VIII a la que había sido rebajado por la resolución declarada nula” (425/92…) “tal actuar configuró una grave vía de hecho (Art. 148 ley 3460) pues se continuó ejecutando un acto que ya había sido retirado del ordenamiento jurídico…”. En síntesis, la Justicia ordena a Vialidad “que liquide y abone al actor la totalidad de las diferencias de haberes que surjan de conformidad a la categoría XII del escalafón vial que le correspondía” respecto de las que efectivamente se le abonaron desde 1992 y hasta el momento de su jubilación de acuerdo a la normativa vigente y que regularice la diferencia de aportes previsionales al IPS.
La Sentencia Nº 11 está firmada por María Belén Güemes – Juez Contencioso Administrativo N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial.
Fuente:diario1588.com