Con apoyo unánime se aprobaron las primeras reformas a la Carta Orgánica
En la octava sesión de la Convención Constituyente se votó a favor de dos modificaciones a la Carta Magna municipal vigente. Una para generar un ámbito participativo dedicado a la seguridad vial y la otra para introducir cambios que pongan coto a la figura del interventor municipal.
En la sesión de anoche los convencionales constituyentes aprobaron las dos primeras modificaciones a la Carta Orgánica municipal.
Una tiene que ver con crear un ámbito participativo para mejorar las políticas de seguridad vial y la otra modifica el artículo 14, determinando límites a la intervención municipal. En ambos casos se sancionó con voto unánime y fueron girados a la comisión de Redacción y Corrección.
El primer proyecto tratado en el recinto fue el referido a un ámbito participativo que aporte a la definición de políticas públicas referidas al tránsito y la seguridad vial.
La mayoría de los convencionales pidieron la palabra para expresar su beneplácito por la iniciativa y poner en el tapete la incidencia que hoy tienen los siniestros de tránsito en la capital correntina. Los convencionales se refirieron a que esta problemática no sólo atañe al ámbito municipal, sino que también es tarea educativa y de concientización tanto de la Provincia como de la Nación.
A su vez pusieron énfasis en que los vecinos también deben tener una responsabilidad a la hora de llevar su familia en los vehículos y criticaron el accionar del peatón. También destacaron el esfuerzo de los agentes de tránsito.
Intervención
El otro tema tratado durante la sesión de ayer fue la modificación del artículo 13 de la norma fundamental de la ciudad, para lo cual se integraron tres propuestas distintas: una del FPV, otra del convencional Acosta Rivellini y otra de Cerdán.
Los cambios apuntan, por un lado, a clarificar cuáles son las causas que dan lugar a una eventual intervención del Municipio y cuál es su función y tiempo límite para cumplir con esa misión.
Se determina además que el interventor no podrá tomar créditos de ningún tipo, y el punto que más apoyo generó tuvo que ver con un agregado que establece garantías y derechos de los trabajadores municipales en dicho contexto, lo cual fue subrayado por su autor, el convencional “Tito” Cerdán, que dio forma a un pedido de la comisión directiva del gremio municipal.
Diferencias
En relación al proyecto sobre intervención sobrevino un planteo del convencional Walter Golfarb, que se planteó como moción. Pidió la modificación de ciertos términos establecidos en el texto del proyecto referido a la modificación del artículo 13. En concreto, que se revean los conceptos respecto a que lo que se interviene son los poderes y no la Municipalidad.
Sin embargo, la segunda moción propuesta por Viviana López sostenía la aprobación del proyecto tal cual fue enviado con despacho de comisión. Finalmente el proyecto fue aprobado por mayoría y rechazado únicamente por el convencional Golfarb.
Texto
El texto aprobado determina que “el Municipio sólo puede ser intervenido por ley en caso de grave alteración del régimen municipal y por un plazo no mayor de seis meses (…) la intervención debe ser aprobada por el voto de los dos tercios del total de los miembros de cada una de las cámaras”.
Además, entre otros aspectos, sostiene que la intervención “no puede crear gravámenes ni contraer empréstitos u otras operaciones de crédito”.
“El interventor debe convocar a elecciones en el plazo de 60 días a partir de la toma de posesión de su cargo, a celebrarse dentro de los 90 días siguientes, y los electos asumirán sus funciones dentro de los 30 días posteriores a la celebración del comicio. Los sueldos y retribuciones del interventor y demás autoridades no serán abonados con recursos del Municipio”, establece.
Por último se envió a archivo el pedido de reconocimiento como patrona de la ciudad de Corrientes a la Virgen de la Merced y el pedido de autorización para que el DEM subsidie refacciones de escuelas y hospitales a solicitud de sus directivos y/o de ONG.
Fuente:www.ellitoral.com.ar