29 de diciembre de 2014
Recuerdan los requisitos para salir de vacaciones hacia el exterior
La Dirección Nacional de Migraciones recordó a los turistas argentinos cuáles son los documentos para viajar fuera del país, en función del destino, por vía aérea, terrestre, marítima o fluvial y las exigencias para la salida de menores.
Ante los viajes vacacionales del verano, la Dirección Nacional de Migraciones recordó a los turistas argentinos cuáles son los documentos necesarios para salir del país, en función del destino, por vía aérea, terrestre, marítima o fluvial, así como las autorizaciones para la salida de menores.
Desde la Dirección que depende del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación recordaron que para trasladarse por países de Sudamérica, con la excepción de Surinam y Guyana, los argentinos pueden viajar con el pasaporte o con el DNI, tanto en su formato de tarjeta como la libreta verde, celeste o bordó, en el caso de extranjeros, de acuerdo a la normativa del Mercosur.
DEL MERCOSUR
SE INVALIDARÁ
El otro documento que era válido, la Cédula de Identidad Mercosur de la Policía Federal, quedará sin efecto para viajar al extranjero desde el 1 de enero de 2015.
En tanto, si el destino es un país extra Mercosur, el único documento permitido para viajar es el pasaporte vigente.
"Cabe recordar que, en caso de urgencia, los argentinos pueden recurrir a los centros de servicios de ‘Pasaporte al Instante’, dispuestos por el Ministerio en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, todos los días las 24 horas; el Aeroparque Jorge Newbery, todos los días de 6 a 22; la estación de trenes Rosario Norte, de lunes a viernes de 8 a 20; el aeropuerto de Mendoza, todos los días de 7 a 22, y la estación de trenes de Alta Córdoba, de lunes a viernes de 8 a 20", recordó la Dirección.
En estos centros, la entrega se concreta "en menos de una hora", y el trámite tiene un costo equivalente en pesos a 200 dólares, además la tasa regular del pasaporte es de 400 pesos, y se abona sólo con tarjeta de crédito y/o débito.
MENORES
DE 18 AÑOS
Por otra parte, a los menores de 18 años argentinos y extranjeros que vivan en el país, en los controles migratorios se les exigirá para salir de la Argentina, además del documento de viaje correspondiente al destino, una acreditación del vínculo con sus padres (mediante Libreta Civil de Familia, Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento) en el caso que viaje con ambos.
Si el menor viaja con sólo uno de sus progenitores, además de demostrar la relación parental deberá tener la autorización del padre o madre ausente, aunque "si en la partida de nacimiento sólo consta la filiación materna o paterna (de quien acompaña al menor), bastará con esta acreditación".
"En todos los casos tienen validez la Libreta Civil de Familia, la Partida de Nacimiento o el Certificado de Nacimiento sin importar la fecha de su emisión, siempre que se encuentren en buen estado", indicó la Dirección.
Asimismo, si el menor es a su vez hijo de menores no emancipados, sólo un juez podrá autorizar la salida, aun cuando uno de los progenitores alcance la mayoría de edad (en este caso el juez autoriza por el padre/madre menor de edad).
Las autorizaciones para la salida de los menores deben gestionarse ante escribanos, cónsul argentino en el exterior, juez competente o autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, en tanto que los padres también pueden tramitarlas en las oficinas de Migraciones en Ezeiza, Aeroparque y Buquebus (Dársena Norte), presentando toda la documentación requerida (certificada o legalizada ) y abonando un arancel de 450 pesos.
La dependencia del Ministerio del Interior señaló que "no existe prórroga alguna con respecto a la primera actualización, que debe efectuarse entre los 5 y 8 años de edad, y que la segunda actualización del DNI (14 ó 16 años según el caso) tiene una prórroga de 180 días a partir de su vencimiento".