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EL TIEMPO EN LA CRUZ

15 de octubre de 2014

Caso Schaerer: la Corte Suprema de Justicia ordenó revisar la sentencia

El máximo órgano determinó que se conforme un nuevo tribunal para analizar el fallo que condenó a cinco personas que en el juicio habían sido absueltas. Los involucrados son el ex policía Miguel Angel Ramírez, María Esther Sudó, los hermanos Sergio y Oscar Salgán, y Jorge Sudó.

La Corte Suprema de Justicia dispuso que se conforme un nuevo tribunal y se revise una vez más el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal Nº 3 que en noviembre del año pasado impuso penas de entre 11 y 18 años de prisión a cinco integrantes de una banda acusada de ser la que llevó a cabo el secuestro de Christian Schaerer en la primavera del 2003. En aquella oportunidad la sentencio alcanzó al policía Miguel Angel Ramírez (18 años) y a otros partícipes directos: María Esther Sudó (17 años), los hermanos Sergio y Oscar Salgán (17 años) y Jorge Sudó (11 años), todos por el delito de “secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas”. El abogado Jorge Barboza, que representa a la familia Salgán, había presentado un recurso extraordinario que le fue negado por la Cámara. Es por ello que el letrado planteó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia, que finalmente hizo lugar al pedido. Ordenó que se conforme un nuevo tribunal y que sea el órgano imparcial el que determine si la causa fue bien resuelta. Cabe recordar que los camaristas analizaron pormenorizadamente el rol que tuvo cada integrante de la banda, pero especialmente el de aquellos que fueron absueltos en el juicio oral. Sobre el policía Ramírez mencionaron que, según una escucha telefónica, el 19 de noviembre de 2003 Sergio Salgán fue alertado por éste de los inminentes allanamientos a distintas propiedades de su familia en la localidad correntina de Paso de los Libres.  “Con dicho accionar privó a la investigación de la posibilidad de adquirir los elementos de prueba necesarios para develar con la celeridad que el caso requería el destino de la víctima”, se remarcó en el fallo. Los jueces agregaron que “la conducta adoptada por Miguel Angel Ramírez significó un valioso aporte al ocultamiento de Schaerer que llevaban a cabo los autores del hecho, quienes contaron a través del imputado con información privilegiada sobre los avances de la investigación y los movimientos de las fuerzas policiales”. Acerca de María Ester Sudó, dieron por probado que realizó nueve llamadas a una cabaña del paraje Ombucito, donde el joven estuvo cautivo, y que su auto Volkswagen Gol fue empleado para trasladar a la víctima desde Paso de los Libres hasta allí.  Remarcaron que, como concubina de Salgán, aprobó tanto la utilización de la chacra familiar como del auto.  Sobre su hijo Gabriel afirmaron que efectuó “una tarea de vigilancia respecto a los movimientos que los familiares de la víctima estaban efectuando a la hora del pago del rescate”. Respecto de los hermanos Salgán, Casación entendió que “prestaron colaboración para que la información recabada por Miguel Angel Ramírez respecto a los avances de la investigación, llegue en tiempo oportuno a conocimiento de Raúl Salgán, a fin de asegurar que el lugar de cautiverio de Schaerer no sea descubierto por las autoridades policiales asignadas a la pesquisa”.  Ante estas pruebas, los jueces Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Mariano Borinsky, que integran la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, resolvieron revertir el fallo y condenaron al ex sargento primero de la Policía Federal, Miguel Angel Ramírez (18 años), María Esther Sudó (17 años), Sergio Gustavo Salgán (17 años) y Oscar Antonio Salgán (17 años), todos ellos considerados “partícipes necesarios” del delito de “secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas”. También fue condenado a 11 años de prisión Jorge Gabriel Sudó, en calidad de partícipe secundario. Y por uso de arma de fuego, el tribunal además agravó a 20 años la pena de cárcel para Gonzalo Adrián Acosta, condenado en la instancia anterior a 16 años de prisión. Para imponer las penas, los camaristas dijeron que “no puede soslayarse la trágica consecuencia del hecho, que no sólo ha marcado la vida de la víctima, de tan sólo 21 años, sino que sin duda alguna afecta diariamente a su núcleo familiar, que difícilmente pueda desarrollar su vida cotidiana exenta de sentimientos de profundo dolor y tristeza”.   Fuente:www.ellitoral.com.ar

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