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25 de octubre de 2012

En Corrientes existe una ley que fija la creación de un registro de violadores pero no se aplica

La diputada Nidia Vivas, titular de la Banca de la Mujer, dialogó con radio Continental Corrientes y señaló que si bien la provincia cuenta con una ley que fija la creación de un registro de delincuentes sexuales, el artículo 57 del Código Penal impide la reglamentación del mismo por priorizar el derecho a resguardar la intimidad de los violadores. “Es una cuestión a debatir la protección que en cierta manera se le da al delincuente, hay que plantearse qué bien se protege, si se prioriza la intimidad del delincuente o el bien superior de seguridad de la víctima”, manifestó la Diputada.

 

“Desde la Banca de la Mujer estamos llevando adelante más que nada la tarea de difusión y concientización de la violencia de género”, aclaró y contó “presenté dos proyectos que tratan de la creación de un programa para abordar el tratamiento de violadores y la creación de otro programa para contener a las víctimas de delitos sexuales”.

La Diputada consideró “bastante complicado” aplicar el registro de violadores. Sin embargo, reconoció que existe el mismo pero que “no cualquiera tiene acceso al registro”, criticó y lamentó que no se divulgue el listado de personas que cometieron delitos sexuales. En este sentido, Vivas opinó que “el tema del registro de violadores es una cuestión que hay que analizarla a fondo porque si bien esta establecido, se estaría violando el artículo 57 del Código Penal”, dijo.

Cabe señalar que Corrientes cuenta con una ley que fija la creación de un registro de delincuentes sexuales pero no está reglamentada porque se cruzan derechos personales. La cuestión que dificulta su aplicación es la prohibición de la publicación y difusión de quienes cometieron abusos o violaciones sexuales.

“Es una cuestión a debatir la protección que en cierta manera se le da al delincuente, hay que plantearse qué bien se protege, si se prioriza la intimidad del delincuente o el bien superior de seguridad de la víctima”, manifestó la Diputada.

Si bien la Diputada señaló que hay complicaciones para que se haga efectiva la creación del registro de violadores, una vez que se apruebe la modificación del Código Procesal Penal de la provincia quedará sin efecto el artículo 57 que impide la confección de dicho registro y que prioriza el derecho a la intimidad y, en consecuencia, beneficia a los violadores.

 

Fuente: www.corrientesya.info/



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