Sábado 23 de Noviembre de 2024

Hoy es Sábado 23 de Noviembre de 2024 y son las 14:42 -

31.5°

EL TIEMPO EN LA CRUZ

10 de junio de 2013

Re-re y proscripción

Algunos intendentes interpretan que podrían postularse para un tercer mandato, como los casos de los jefes comunales de Goya, Ignacio Osella; Paso de los Libres, Eduardo Vischi, entre otros.
Es un tema que aún está bajo análisis en el ámbito de la Justicia electoral, pues hasta el momento existen al menos dos interpretaciones en la materia.
Lo que existe positivamente en ese fuero es una presentación de la intendenta de Parada Pucheta, María Brambilla, quien solicitó una declaratoria de certeza, esto es, un pronunciamiento de la Justicia acerca de sus posibilidades de volver a ser reelecta. Cabe recordar que la señora Brambilla es jefa comunal de Parada Pucheta desde el año 2005.

La misma solicitud fue presentada por Osvaldo Pérez, intendente de Bonpland.
Asimismo, hubo otras dos presentaciones en el mismo sentido, una de ellas correspondiente al actual intendente de Lavalle. Sin embargo, luego desistieron de ese recurso, sin que eso signifique necesariamente que hayan renunciado a la alternativa de la reelección. Es el caso de los mencionados Vischi y Osella, por ejemplo, que volverán a postularse por tercera vez para el cargo de intendentes de sus respectivas ciudades, a riesgo de que alguna impugnación pueda ser presentada contra ellos.
Toda impugnación, empero, tiene un plazo determinado para formalizarse, previsto dentro del cronograma electoral establecido (ver cuadro).

¿ES POSIBLE LA PROSCRIPCIÓN?
 
En cuanto a la posible proscripción de algún candidato, las fuentes judiciales consultadas indicaron que el estado de procesamiento de cualquier ciudadano no lo inhibe de participar como candidato en elección alguna.
En el caso de Corrientes existe como antecedente más notorio el caso del ex gobernador e intendente de la Capital provincial, Raúl Rolando Romero Feris, quien en condición de procesado pudo participar como candidato en un acto electoral. La jurisprudencia al respecto fue asentada por la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se inspiró para tal decisión en el Pacto de San José de Costa Rica que, con rango constitucional, preserva en el país los derechos civiles y electorales de cualquier ciudadano.
Similar criterio aplicó posteriormente la Justicia electoral provincial en otros casos, como el del actual intendente de Paso de la Patria, Oscar "Chino" García.

  Fuente:www.diarioellibertador.com.ar

COMPARTIR:

Comentarios