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EL TIEMPO EN LA CRUZ

14 de abril de 2013

Observan irregularidades en concurso para fiscalías

Días atrás fue presentado un pedido de impugnación contra postulaciones para ocupar el cargo de la Fiscalía Correccional y de Menores Nº 2, y el de la Fiscalía de Instrucción 3. En el escrito se asevera que el proceso fue "antirreglamentario, ilegal e inconstitucional". Acusan al Consejo de la Magistratura de ir a contramano de la Ley. Una nueva objeción contra los manejos de una Justicia que está cada vez más en la mira nacional, con un remedio federal latente.
El horno no está para bollos en Corrientes, menos aún cuando en el Congreso de la Nación se cocina a fuego lento un proyecto para la Intervención Federal del Poder Judicial local, y mientras el Ejecutivo nacional alista un plan para un cambio integral en la Justicia argentina. Pero pareciera que este escenario pasa desapercibido por algunos actores relevantes del sistema local, que hacen méritos para que desde Nación posen la lupa con mayor atención.

 

Al término de esta semana, fue presentado en la Cámara de Senadores de la Provincia un pedido de impugnación a la propuesta del Ejecutivo provincial para que María Andrea González ocupe el cargo de Fiscal Correccional y de Menores Nº 2, así como la postulación de Mónica Espíndola para la Fiscalía de Instrucción 3. Fue el abogado Ricardo Diego Carbajal quien envió un pormenorizado detalle de lo que considera, un proceso de incorporación a la terna "antirreglamentario, ilegal e inconstitucional". El cuestionamiento del legista surgió tras lo actuado por el Consejo de la Magistratura de la Provincia, donde sostuvo, se "violó el debido proceso legal adjetivo e igualdad ante la Ley; amén de haberse vulnerado normas reglamentarias y constitucionales locales".   RECHAZO  DEL CONSEJO   La advertencia del desfase fue realizada ante la mesa chica del Consejo, donde se rechazó, "sin fundamento jurídico alguno", el cuestionamiento por el ingreso de postulantes que reprobaron el examen. El abogado reparó en los dos casos mencionados, puesto que le llamó la atención que el resto de los postulantes, números más, números menos, de antecedentes rodeaban los 20 puntos y González y Espíndola sólo mostraron escasos siete puntos, tal como lo manifestó Carbajal con documental probatoria presentada para observación de los senadores. "Sin embargo, la postulante González entró en terna, por forzosa e indebida imposición del Consejo de la Magistratura", aseveró en el escrito.   POCO CLAROS   De acuerdo a la documentación relacionada con el concurso, a la que accedió el denunciante de un hecho más que deja a los referentes de la Justicia en off side, "la mayoría del Consejo (no del cuerpo colegiado por unanimidad), avalaría el procedimiento de incorporación de dichas postulantes".  Tras este repaso realizado sobre las actas y resoluciones, que corroborarían la vulneración de la Ley 5.849 y la Constitución de la Provincia, Carbajal pidió a los responsables que se rectifiquen y corrijan la "violación a normas de raigambre constitucional", pero la respuesta fue la insistencia en mantener como incorporadas a quienes no aprobaron el examen técnico respectivo.  Es más que relevante mencionar que la demanda en cuestión tuvo su antecedente dentro del mismo Consejo, donde el voto en minoría de la representante del Colegio de Magistrados, María Eugenia Sierra Desimoni percibió el problema. Textualmente dijo y firmó:  "…Pero disiento en cuanto se propone calificar los exámenes otorgándoles 60 puntos, en razón de que interpreto que el artículo 60 del Rcim no habilita a este Consejo a realizar una nueva evaluación de los exámenes, sino que ello es tarea exclusiva del órgano evaluador…" . Con el sustento representado en la apreciación enunciada, Carbajal insistió en que la resolución del Consejo no tuvo fundamento jurídico alguno. "La mayoría del Consejo de la Magistratura, que logra imponer su postura, no logra construir un solo argumento que sustente su proceder. Por su claridad, no hay forma de esbozar otra interpretación, que la que le decía la consejera Sierra de Desimoni".  Y ante este escenario, no dudó en advertir que su reclamo no pasará el cedazo de control judicial, y al haber una cuestión constitucional en pugna, "será, finalmente la Corte Suprema la que así lo determinará", dijo.    ¿Y LA LEY?   En las líneas elaboradas por el legista se pudo apreciar su estupefacción, debido a que se convirtió en testigo directo del accionar de un cuerpo colegiado que debiera arbitrar los medios para que no se vulnere la Constitución provincial, pero que justamente no asegura que, a través de la múltiple intervención de los distintos actores constitucionales, se logre la correcta designación de funcionarios judiciales, dada la envergadura de la tarea que, luego, deben prestar.  Tras lo expuesto, Carbajal sostuvo que el Senado provincial no debiera conceder el acuerdo a la postulante que fuera "indebidamente incorporada a la terna, a pesar que no aprobó, conforme al reglamento interno, el examen técnico respectivo".  Cabe indicar que la designación de un fiscal es un acto jurídico complejo, y en pasar, o no, el tamiz de control del Senado local es lo que reviste al acto de legitimidad constitucional, por ello el énfasis sostenido en la nota presentada en la Cámara alta provincial.    Fuente:www.diarioellibertador.com.ar

 



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