Miércoles 24 de Abril de 2024

Hoy es Miércoles 24 de Abril de 2024 y son las 14:49 -

24.1°

EL TIEMPO EN LA CRUZ

13 de diciembre de 2013

El Superior Tribunal bajó el martillo y ordenó que asuma Cemborain

LA V DE VICTORIA. Víctor Cemborain no ocultó su alegría y habló ante los medios resaltando el mensaje profundo que se deja ante la sociedad con un fallo como el del Superior. "Acá no hay ganadores ni perdedores, acá triunfó la democracia", expresó. Además aseguró: "El apoyo que me dio el pueblo me genera un compromiso aún mayor con mi gente".

El Concejo Deliberante que lo inhabilitó en sesión expedita, y hasta catapultó a Levy -ex vice renunciante- como titular del Ejecutivo, deberá ahora tomar juramento al Intendente electo por la ciudadanía el 15-S. Lo resuelto por la Corte provincial es de aplicación inmediata sin que un eventual recurso extraordinario ante la Corte dilate su cumplimiento. En caso de desobediencia de la manda judicial, el fallo alude al apercibimiento contemplado en el Código Penal. Autoriza el uso de la fuerza pública si fuera necesario para cumplir la orden judicial. A ello se debe el desembarco de fuerzas federales en Mercedes. La presencia de efectivos de la Prefectura en la ciudad anticipó lo que vendría después. Varias lecturas de una jornada particular para la vida institucional de Corrientes. Una, la de la política local; otra, de la Justicia y lo actuado, marcando un nuevo escenario en ambas.

La historia terminó luego de que el Superior Tribunal pusiera lo que hay que poner en situaciones de tensión institucional como la padecida en Mercedes con el caso Cemborain. Dictó la medida de no innovar y ordenó así que el Concejo Deliberante tome, sin demora alguna, juramento a Víctor Cemborain como el jefe comunal de la localidad.
La aseveración del punto final de la novela tiene directa relación con que lo resuelto por el alto Tribunal provincial es de cumplimiento inmediato, y más allá de la posible interposición de un recurso ante la Corte Suprema, nada impide su cumplimiento aunque el mismo no se halle firme, para el cual se enfatizó -en el fallo- sobre el apercibimiento al delito de desobediencia y el uso de la fuerza pública. En este último detalle se explica el por qué de la novedad anunciada en las últimas horas, sobre la llegada de la Prefectura al territorio del Paiubre.
En cuanto a lo que se puso sobre relieve sobre la actitud de los supremos, se desprende de lo definido en la situación mercedeña un nuevo eje de poder que se afianza en la Justicia provincial.
En la última columna dominical de Confucio se habló de los llamados Tres Mosqueteros, en obvia alusión a los jueces que hoy por hoy conforman la cúpula tribunalicia, con una nueva impronta a partir de la destitución de Carlos Rubín, que contribuyó a crear un escenario distinto en el que sobresalen los tres ministros más jóvenes; estos son Guillermo Semhan, Fernando Niz y Alejandro Chaín. En soledad queda Codello, considerado un alfil del Gobierno provincial como lo era el propio Rubín, al cual Colombi terminó largándole la mano después de sostenerlo a rajatablas durante largos y turbulentos meses que precedieron a su desordenada retirada.

UN PREOCUPANTE CULEBRÓN

A la hora de abordar la crónica de la sucesión de hechos ocurrida en Mercedes, desde el 15 de septiembre donde resultara electo intendente el candidato del Frente para la Victoria, Víctor Cemborain, llamativos accionares dejaron expuestos a más de un actor relevante de la vida institucional de Corrientes. Tanto los que apoyaron al "atrincherado" jefe comunal como los que hicieron lo posible para impedir el desarrollo de una gestión justicialista en un territorio que se relajó al considerarse como bastión inexpugnable del radicalismo.
La celeridad, post acto eleccionario, con la que se desarrolló el enjuiciamiento y sentencia (en suspenso) a Cemborain por la agresión al por entonces intendente, Jorge Molina -ocurrida años atrás- dispararon las primeras conjeturas sobre intenciones non sanctas encaminadas a complicar el resultado contrario al otrora oficialismo.
La definición del Concejo Deliberante, con mayoría de Encuentro por Corrientes, de inhabilitar al elegido por el pueblo y de tomar juramento a Raúl Levy, quien dio la nota días antes al enviar una renuncia manuscrita al domicilio de Cemborain, asentó las dudas y alejó certezas de un aceitado funcionamiento institucional.
Luego, el oportuno imponderable del corte de luz y agua en la cuadra de un Municipalidad cercada por la Policía, justo cuando el Intendente electo decidió "acuartelarse" en el despacho principal; y, según denunció el titular del Partido Justicialista, Fabián Ríos, el congelamiento de las cuentas bancarias de Cemborain, terminaron por llenar un vaso que rebalsó ayer, cuando se observó una Comuna con dos gestiones. El Intendente electo anunció un plus navideño y el Vice a cargo subió la apuesta y prendió el alerta en el Superior, que se declaró competente y definió con contundencia mostrando que más allá del tema puntual de Mercedes, parece dispuesto a constituirse en un actor relevante de la vida institucional de la Provincia, acaso como emulando a la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, que una y otra vez muestra su prevalencia en el andamiaje institucional de la Nación.

Parte resolutiva del fallo

    1º) Hacer lugar a la medida cautelar planteada, hasta que se resuelva en definitiva el conflicto institucional, y en su mérito, ordenar al Concejo Deliberante de la ciudad de Mercedes que proceda de inmediato y bajo apercibimiento del artículo 239 del Código Penal, a tomar juramento de ley y en debida forma de acuerdo al artículo 56 inciso 49 de la Carta Orgánica de la Ciudad de Mercedes Intendente electo Víctor Manuel Cemborain, permitiéndole ejercer dicho cargo con todas las facultades y deberes inherentes al mismo, cumpliendo y haciendo cumplir las Constituciones nacional y provincial y la Carta Orgánica Municipal.
2°) Líbrese oficio a efectos de la comunicación de la presente medida, la que deberá cumplimentarse con habilitación de días y horas y el uso de la fuerza pública si fuere necesario conforme autoriza el artículo 27 de la Ley 4.106.
3°) Insértese, regístrese y  notifíquese.

CÓDIGO PENAL

    "ARTICULO 239. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".

Fuente:www.diarioellibertador.com.ar


COMPARTIR:

Comentarios