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EL TIEMPO EN LA CRUZ

1 de agosto de 2013

La Juez Electoral rechazó la re-re del intendente Alterats

El fallo no dejó conforme a los unos ni a los otros. Consideró que "ya cumplió dos mandatos consecutivos". Y que un tercero está prohibido constitucionalmente. Habrá apelaciones. El PJ pide se cumpla a rajatablas la normativa electoral que dispone el corrimiento y no la sustitución que ordena la jueza electoral.
EEn horas del mediodía de ayer, la juez electoral, María Eugenia Herrero, confirmó su posición en contra de la re-re elección de intendentes. Lo hizo en el "caso testigo" del FpV, Daniel Alterats, actual intendente de Saladas, quien se había inscripto a fin de que la Justicia Electoral ratifique la imposibilidad constitucional para un tercer mandato como candidato al Ejecutivo comunal.

En los considerandos del fallo, la Juez Electoral reafirma su criterio citando como antecedente el "Fallo Vassel", donde el máximo tribunal de la Provincia confirmó que, luego de la reforma constitucional del año 2007, se computa como primer mandato el del 2005/2009, por lo tanto, el mandato en curso, 2009/2013, es el segundo período consecutivo, por lo que, resume, el "candidato propuesto para el cargo de Intendente del Municipio de Saladas, no se encuentra habilitado para postularse a dicha categoría electiva, por estar incurso en el impedimento constitucional de haber cumplido ya dos mandatos consecutivos".    Por lo que resuelve: "1) No oficializar la lista de candidatos a Intendente y Viceintendente, en impedimento constitucional de haber cumplido ya dos mandatos consecutivos en el cargo de Intendente", y "2) Intimar a que en el plazo perentorio de 48 horas de notificados, propongan nueva fórmula, bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos en la postulación de candidatos en la categoría electivas de Intendente y Viceintendente".   ¿VALE TAMBIÉN   PARA RADICALES?   La pregunta que se hacían ayer en Encuentro por Corrientes (ECO) es si a los candidatos radicales inscriptos para un tercer período consecutivo al frente de sus municipios, los alcanza esta resolución judicial del caso Alterats. Al respecto, opinó ayer la apoderada de la UCR, Silvia Casarrubia (ver aparte). Obviamente, cualquier falló judicial (y el ámbito electoral no es la excepción) refiere a un expediente concreto; no es generalizable. Pero como los casos de re-re de más de veinte intendentes llegarán necesariamente al fuero judicial (por vía de presentaciones propias o de impugnaciones), la Juez Electoral necesariamente aplicará el mismo razonamiento que aplicó para el expediente de Alterats, que así resulta un "caso testigo". En caso de que la doctora Herrero ratifique su criterio en la veintena de candidatos a intendentes inscriptos para un tercer mandato consecutivo, las alianzas deberán inscribir, en el plazo de 48 horas, una nueva fórmula para los cargos de Intendente y Viceintendente que tengan dicha imposibilidad constitucional.   Fuente:www.diarioellibertador.com.ar

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