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1 de julio de 2023

Recurren a la Corte Suprema por la reforma de Jujuy

Por instrucción del presidente Alberto Fernández se presentó ante la Corte Suprema de Justicia para que se declare la inconstitucionalidad de la reforma de la Constitución de Jujuy, impulsada por el gobernador Gerardo Morales y aprobada en la legislatura provincial, que desató una serie de manifestaciones de protestas que derivaron en una violenta represión policial.

Según se informó oficialmente, se trata de una acción declarativa -en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación- ante la Corte Suprema para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos del texto sancionado por la Convención Constituyente jujeña que «vulneran los derechos y garantías establecidos en la Constitución nacional, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y tratados internacionales que integran el bloque de constitucionalidad junto con la carta magna; así como con el Convenio 169 de la OIT».

La presentación directamente ante la Corte desconoce los precedentes del más alto Tribunal de la Nación que, en forma pacífica e inalterable, ha sostenido la incompetencia de la Corte reservada para el control de constitucionalidad agotadas las vías recursivas propias del procedimiento.

CAMBIOS DE «GRAVEDAD INSTITUCIONAL»

En un comunicado, el Gobierno informó que el escrito presentado plantea la «gravedad institucional» generada por la reforma parcial de la Constitución de Jujuy, impulsada por el gobernador y precandidato a vicepresidente de Juntos por el Cambio, Morales, ya que «está en juego el orden institucional de la república y el sistema democrático, así como los valores que lo sustentan».

El escrito también solicita que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 94 y 95 de la nueva carta magna provincial, ya que durante el procedimiento de reforma de la Constitución provincial «se omitió la debida consulta a los pueblos indígenas interesados, en relación a diversas cuestiones que los afectan en forma directa».

El respeto a las autonomías provinciales

El Presidente, que, a la vez, es titular al menos en la formalidad del PJ nacional, y profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires volvió a sorprender por la iniciativa de pedir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la inconstitucionalidad de la reforma y cuestionar la decisión del PJ de Jujuy y de sus legisladores que avalaron la modificación de la carta magna local. Alberto Fernández, sin consulta a su partido, se permitió disentir con la posición del peronismo de Jujuy que desde los tiempos del ex Presidente del PJ nacional y ex gobernador de la provincia, Eduardo Fellner mantiene una relación distante con Milagro Salas cuya irrupción en la política provincial importó la pérdida del poder provincial de parte del peronismo, que pasó a manos del actual gobernador Gerardo Morales.

De forma imprevista se hizo pública la decisión del Gobierno nacional de promover la inconstitucionalidad de la reforma, recurriendo a los estrados del más alto Tribunal de la Nación.

Importa recordar que, para llevar adelante la reforma, eran necesarios 25 votos positivos con lo cual queda claro que, con sólo el voto del oficialismo local, que reúne a 29 diputados, la reforma podría haberse concretado de manera inobjetable. Aún así, el peronismo acompañó la modificación casi de manera unánime con el aporte de 11 de sus 13 diputados, con lo cual la reforma obtuvo 40 votos, más que suficientes para su aprobación, y legitimidad.

La primera observación, no menor, es que el Presidente de la Nación, que es a la vez presidente del PJ no puede inmiscuirse en una cuestión que atañe al peronismo de Jujuy sin al menos antes requerir la opinión de sus exponentes locales, quien lo pueden ilustrar si tuviera dudas de algunos aspectos de la reforma.

Alberto obvió, de manera descomedida, a la dirigencia local como lo hizo más de una vez con la del peronismo correntino, a la que dejó en la intemperie en oportunidad de su primera visita, que tuvo como marco a Yapeyú, en tiempos de un maridaje que nunca explicó con el gobernador Gustavo Valdés.

Lo cierto es que ahora, insistiendo en sus críticas al peronismo jujeño, hasta se permite insinuar la posibilidad de intervención al distrito, una medida extrema que debe justificarse en tiempos de normalidad, extrañando que idéntica medida no promueva respecto al justicialismo cordobés que, desde hace años, juega al margen del PJ nacional más allá de que la falta de conducción hace que en definitiva cada jefe territorial haga la propia, convirtiendo al partido en una confederación de «caciquejos» provinciales que dieron la más cabal muestra de ello con el desdoblamiento de la fecha de elecciones, jugando sus propios partidos.

LA CORTE, ESE TRIBUNAL DEL QUE TODOS HABLAN, PERO POCOS CONOCEN

En el común de los dirigentes políticos puede aceptarse, no justificarse, la forma como se expresan respecto al más alto Tribunal de la Nación. En el caso del Presidente, no puede obviarse que es profesor de la Universidad de Buenos Aires, lo que le genera obligaciones mayores. No puede dejar de saber que nunca se puede abrir la competencia excepcionalísima de la Corte para un pedido de esta naturaleza sin antes recurrir a las instancias inferiores de la provincia cuya constitución se impugna. No existe ningún reparo en que el Gobierno federal, con los fundamentos que estime corresponder, demande la declaración de inconstitucionalidad pero, lo que es obvio, es que la Corte no puede intervenir sin que antes se pronuncien los Tribunales locales y exista caso federal que habilite la competencia del alto Tribunal que, como se recordará, no es una instancia más sino que su intervención se limita a ejercer el control de constitucionalidad como intérprete final de la Constitución de la República.

Con todo, no sólo los oficialistas parecen errar el camino. Los opositores también suelen confundir el rol de la Corte quizás interpretando que pudiera existir alguna cuestión que motive a los Supremos a involucrarse en cuestiones que puedan perjudicar al Gobierno de Fernández.

La posición adoptada por la Corte en el caso de la impugnación a la candidatura de Gildo Insfrán en Formosa, o el cuestionamiento formulado a una ley de la provincia de Buenos Aires vinculada a la reelección de los Intendentes puso sobre el tapete dos aspectos que deben destacarse. La Corte ni siquiera se pronunció, dejando en claro que se había errado el camino. Si algún formoseño pretende cuestionar la Constitución de su provincia debe hacerlo antes en el orden local hasta lograr que el Superior Tribunal se expida, y recién ahí, si hubiera razones para el recurso a la Corte, podría la misma entrar a analizar para juzgar si las normas locales contradicen los principios consagrados por la Constitución nacional.

Lo mismo es aplicable al reclamo de algún sector de la política de la provincia de Buenos Aires. Antes deben lograr un pronunciamiento de la Corte bonaerense e invocar razones suficientes que justifiquen abrir la competencia del más alto Tribunal.

En los hechos, la Corte se ha mantenido fiel a los principios jurisprudenciales consagrados en dieciséis décadas desde su fundación en 1863. Algunas veces cuestionada por unos, otras por otros. Lo que puede quedar en claro es que, los ministros que llegan a la cúspide tribunalicia no están para responder a intereses partidarios coyunturales. Muchas veces expuestos a la crítica, lo cierto es que la Corte es, desde siempre, el as de espada que hace al equilibrio de los tres poderes del Estado. Tiene la última palabra, algo que muchos parecieran no tener en claro.

Fuente: www.diarioellibertador.com.ar



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