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EL TIEMPO EN LA CRUZ

5 de enero de 2013

Porqué Eduardo Vischi no puede ser "El Candidato"

Aspectos salientes de la Carta Orgánica Municipal de Paso de Los Libres relacionados con el Departamento Ejecutivo, de donde se desprende la imposibilidad de Eduardo Vischi de presentarse a un tercer período consecutivo como candidato a Intendente de la ciudad. En las mismas condiciones se encuentra el Vice Intendente Jorge Ferreyra Dame, quien también está transitando su segundo mandato consecutivo. Ambos funcionarios sí podrían presentarse a cargos legislativos o ejecutivos provinciales

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

ART.11º).- Para ser electos Intendente y Vice-Intendente se requiere ser Ciudadano Argentino o naturalizado con cuatro años de ejercicio, haber cumplido veintidós años de edad, dos años de residencia inmediata y estar inscripto en el respectivo Padrón Electoral del Municipio al tiempo de la elección, rigiendo las mismas inhabilidades e incompatibilidades que para los Diputados Provinciales.

ART. 12º).- Serán electos en forma directa a simple pluralidad de sufragios por el cuerpo electoral del Municipio en Distrito Único. 

ART. 13º).- Durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo el primero ser reelecto por un solo mandato consecutivo. 

1.- La Carta Organica del Municipio de Paso de los Libres rige desde el año 1994. 

2.- De aquí nace la imposibilidad del Intendente actual Eduardo Vischi de ser re reelecto por un tercer mandato. 

La carta organica lo impide, atento a que expresamente lo autoriza a un solo mandato consecutivo, es decir, el que se encuentra cumpliendo actualmente. 

3- Cuando se menciona la reforma efectuada en el año 2007, se esta refiriendo a la reforma de la Constitución Provincial para la re eleccion del Gobernador, es decir, un segundo mandato consecutivo de éste y no a la Carta Organica del Municipio. 

4.- Cuando se habla de judicializar la posibilidad de una re reelección o TERCER MANDATO CONSECUTIVO de los Intendentes, en realidad nunca se explica cuales son los fundamentos, simplemente mencionan la posibilidad de ir a la justicia para que los autorice.

Algunos intentan aplicar una comparación con lo ocurrido con los MUNICIPIOS de Bonpland y Parada Pucheta por ejemplo. Pero en estos casos no tenian carta organica hasta el 2007 y fue en este año que al crear sus cartas organicas municipales y al tener vigencia las mismas, es que comienza a computarse como primer mandato y por ese motivo pudieron ser re electos nuevamente los intendente, por lo tanto estan en su SEGUNDO MANDATO CONSECUTIVO.
Nada q ver con el Municipio de Paso de los Libres puesto que nuestra Carta Organica RIGE desde 1994. 

5.- En realidad cuando se habla de JUDICIALIZAR ante el Superior Tribunal de Justicia la posibilidad de q este Organismo autorice a un TERCER MANDATO CONSECUTIVO al Intendente Vischi, nadie explica cuales serían los fundamentos jurídico constitucionales, porque en la realidad de los hechos no existen tales fundamentos. 

6.- Esto sin lugar a dudas lo sabe el Intendente Vischi y lo que si puede existir es una jugada politica para mantener en vilo a todos por parte del mandatario municipal y tratar de definir a ultimo momento quien sera la persona que determine como candidato a sucederlo en el cargo.

Mientras tanto todas las criticas continuan apuntandolo a él, desviando la atención hacia el posible candidato/a q le podria suceder.

Fuente: www.todolibres.com.ar

Sábado, 05 de enero de 2013
 


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