Viernes 26 de Abril de 2024

Hoy es Viernes 26 de Abril de 2024 y son las 13:11 -

30.6°

EL TIEMPO EN LA CRUZ

OPINIÓN

31 de octubre de 2013

Los delitos por corrupción no deben prescribir

Según el diccionario de la Real Academia Española, “leso o lesa” son adjetivos que significan que algo ha sido agraviado, lastimado, ofendido.

Los crímenes de lesa humanidad son aquellos que por el grado y alcance de esa ofensa, de ese agravio o de esa herida no prescriben, es decir, pueden ser juzgados independientemente del tiempo que haya transcurrido desde el momento en que el delito se cometió. Se trata de actos inhumanos, atroces, que han sido perpetrados por los Estados o por particulares amparados y tolerados por aquéllos. Para el resto de los delitos, nuestro Código Penal establece distintos momentos para que opere la prescripción: a los 15 años, cuando la pena fuere la de reclusión o prisión perpetua; después de transcurrido el máximo de duración del castigo señalado para el delito, si se tratare de hechos reprimidos con reclusión o prisión no pudiendo, en ningún caso, el término de la prescripción exceder de 12 años y bajar de dos años. Así, la prescripción de la acción penal importa la extinción del castigo y la puesta de límites a la pretensión punitiva de los Estados, ya sea por el tiempo transcurrido, porque no ha habido juicio o porque no se ha ejecutado una condena. Sin embargo, esa necesidad de poner fin a una persecución se ha ido modificando con el tiempo, especialmente cuando la prescripción resulta peligrosa para el orden social o puede llevar a la impunidad de quienes cometieron crímenes aberrantes como el terrorismo de Estado. Desde hace ya tiempo en nuestro país se alzan voces para que no prescriban los delitos de corrupción. Pero han sido casi siempre reclamos aislados, que no han conseguido modificar la ley. Por cierto que, en Argentina, la corrupción no es un fenómeno reciente. Desde 1890 a la fecha, han sido numerosas las denuncias por ese delito en el país, pero no nos equivocamos si decimos que ese fenómeno ha ido in crescendo desde la década del 90. Los casos de la mafia del oro, del contrabando de armas a Croacia y a Ecuador, de la denominada “aduana paralela”, el expediente IBM-Banco Nación, la causa Ciccone, las sospechas por lavado de dinero, las presuntas coimas por la sanción de la reforma laboral y los múltiples trámites judiciales en los que se investiga el presunto enriquecimiento ilícito de funcionarios son algunos de los ejemplos más contundentes de que algo hay que hacer para que esos delitos sean finalmente juzgados y condenados. Por enriquecimiento ilícito, a fines de 2012 había 35 causas abiertas en las que están sospechados funcionarios y ex funcionarios del actual gobierno. La condena a Felisa Miceli, ministra de Economía durante el gobierno de Néstor Kirchner, y las causas seguidas a María Julia Alsogaray, secretaria de Recursos Naturales durante la presidencia de Carlos Menem, o el pronunciamiento judicial contra este último en la causa por contrabando de armas son excepciones. Pero ha habido otros hechos que han dejado huellas profundas en una sociedad como la nuestra que, afortunadamente, ya no acepta como un dato inevitable de la historia esos actos de corrupción por parte del Estado. Las 194 muertes del boliche Cromagnon, en diciembre de 2004; las 51 vidas que se perdieron en el terrible choque de trenes en Once, en febrero del año pasado, y las más de 60 personas fallecidas como consecuencia de las inundaciones de principios del corriente año dejaron al desnudo cuánto daño puede infundir en la sociedad la corrupción por parte de los malos manejos del Estado. Y no hay que buscar una tragedia como las mencionadas para dar muestra de los terribles efectos que producen los brutales zarpazos de la corrupción. También dan cuenta de ello las enormes poblaciones que no tienen acceso ni a vivienda ni a salud por el desvío permanente de fondos y de la asignación arbitraria y tendenciosa de planes sociales; los inmuebles y transportes, que como en el caso de los aviones sanitarios, se ponen al servicio de los funcionarios en lugar de asistir a los pobladores.  En el último año se han presentado unos pocos proyectos de ley para declarar la imprescriptibilidad de los actos de corrupción estatales. Uno de ellos corresponde al diputado Fernando Solanas (Proyecto Sur-Capital). Otro, a Víctor Hugo Maldonado (UCR-Chaco). Mientras el primero propone declarar imprescriptibles los delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, encubrimiento y lavado de activos cuando hubieren sido cometidos en el ejercicio de la función pública, el del legislador radical también extiende esa condición al tráfico de influencias y a la malversación de caudales públicos. Ambos diputados, a cuyos proyectos acompañan una decena de legisladores de la oposición, coinciden en que se trata de delitos de carácter gravoso que no pueden ser amparados por un beneficio prescriptivo y que hace falta renovar los mecanismos institucionales y contar con los procedimientos jurídicos adecuados ante este tipo de situaciones nocivas para la vida democrática.  Debemos tomar conciencia de la decadencia en la que estamos inmersos.  Valga como dato de referencia el Índice de Percepción de la Corrupción que elabora Transparencia Internacional, en el que este año Argentina figuró como el sexto país más corrupto de América latina, detrás de Venezuela, Paraguay, Guyana, Ecuador y Bolivia. “La corrupción es la hierba mala de nuestros tiempos, infecta a la política, la economía, la sociedad”, ha dicho recientemente el Papa Francisco, que tanto la denunciaba desde los púlpitos de nuestro país cuando su voz era la de un Jorge Bergoglio denostado por funcionarios incómodos de escuchar la verdad.

Fuente: lanacion.com



COMPARTIR:

Comentarios