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EL TIEMPO EN LA CRUZ

OPINIÓN

14 de noviembre de 2024

La ficha sucia de Cristina Fernández de Kirchner apura el debate: ¿derecho o política?

Mauricio Macri presiona al Congreso para sancionar la ley de "ficha limpia". ¿Y Javier Milei? Dos bibliotecas, el caso Lula da Silva y el loop de la Justicia.

Por Marcelo Falak

La ratificación de la condena por corrupción contra Cristina Fernández de Kirchner y otras personas en la causa "Vialidad", confirmada este martes por la Cámara de Casación Penal, aceleró el operativo clamor del antikirchnerismo a favor de la aprobación del proyecto de ley de "ficha limpia", cuyo tratamiento ya pidió el PRO para la semana que viene en la Cámara de Diputados.

De entrada, sólo la izquierda trotskista acompañó al peronismo en el rechazo con el argumento esgrimido por Myriam Bregman de que la causa "Vialidad" sufrió"manipulaciones", que "los jueces se reservan la facultad de decidir quién puede ser candidato/a" y que "la judicialización de la política con la sanción de la 'ficha limpia'" supondría un "avance antidemocrático".

Dada la tradición parlamentaria de no alterar las reglas de juego electoral en los años en que se realizan comicios, los plazos están apretados para los impulsores de esa norma.

Además, si en Diputados el camino parece abierto, el Senado es una incógnita, dada la presencia de 33 peronistas, número insuficiente para hacer mayoría –37–, pero cercano a ella. Sin embargo, siembra dudas el precedente del martes, cuando el oficialismologró rebanarle casi el diez por ciento de los legisladores a Unión por la Patria (UP) en la cámara baja.

Sectores antiperonistas cada vez menos alineados con el Gobierno, como la Coalición Cívica, corrieron a Javier Milei con la idea de que no se animaría a incluir la "ficha limpia" en un posible llamado a sesiones extraordinarias, en las que se buscaría aprobar el Presupuesto 2025. De acuerdo con esa idea –¿una chicana?–, el Presidente querría a CFK en la cancha electoral para polarizar con ella, vencerla a través del desgaste que, entre otras cosas, le provoca esta condena y vaciar de ese modo el centro político.

Sin embargo, el jefe de Estado dio señales en contrario. Tras conocerse el fallo, afirmó que sus legisladores colaborarán con la "ficha limpia" y escibió en Twitter: ahora "podemos afirmar sin ninguna duda que CFK es culpable de actos de corrupción". Ese será el azote: "La conductora del peronismo es una corrupta", martillará una y otra vez, soslayando que falta todavía para que haya sentencia firme.

Las opciones del Presidente parecen infinitas en el cénit de su poder. Incluso la llegada del halcón Marco Rubio al Departamento de Estado de Donald Trump permite especular, dados sus antecedentes, con la posibilidad de sanciones estadunidenses contra CFK y su entorno familiar.

CFK, ficha limpia y un berenjenal jurídico

La "ficha limpia" es eje de un intenso debate. Quien escribe adhiere a las posiciones que la consideran proscriptiva y violatoria del artículo 18 de la Constitución Nacional y del inciso 2 del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que se entiende que alude a la cosa juzgada.

En ese entendimiento, la norma es lesiva del principio de inocencia por establecer una pena de hecho –la inhabilitación para desempeñar cargos públicos y partidarios– previa a la existencia de cosa juzgada y dañina para el derecho de la sociedad a elegir libremente a sus representantes.

Para sus defensores, como el especialista en derecho electoral Jorge M. Zárate, "la condición de inelegibilidad en cargos electivos o la condición de inempleabilidad en la administración pública por poseer causa penal en curso no atenta contra el principio de inocencia. Primero, porque no es una sanción penal y, segundo, porque es una reglamentación razonable".

El debate, que tiene dos bibliotecas, siguió tras el fallo de Casación por senderos adicionales.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez estimó que, si fuera aprobada, la "ficha limpia" no podría ser aplicada retroactivamente si se la considerara una ley penal y, en caso contrario, debería contener en su texto una especificación concreta para no ser inconstitucional.

Nuevamente Zárate replicó que "es una norma de derecho electoral, no penal" y la promotora de la iniciativa en Diputados, Silvia Lospennato, sumó el argumento de que constituiría simplemente un elemento añadido al artículo 33 de la ley 23.298, que establece una serie de limitaciones a la elegibilidad de los ciudadanos.

Para Gil Domínguez, dicha norma debería ser considerada inconstitucional.

Un lío.

El corazón del problema y el caso Lula da Silva

Es posible salir del laberinto porque, así planteado, es jurídico. Con todo, su naturaleza más profunda es política.

CFK desearía mirarse en el espejo de Luiz Inácio Lula da Silva, quien fue condenado en dos instancias, preso por 580 días, inhabilitado en 2018 por la "ficha limpia", reivindicado por el Supremo Tribunal Federal (STF) en 2021, candidato en 2022 y, desde el 1 de enero de 2023, presidente por tercera vez.

Si Brasil es el gran precedente internacional de la norma, cabe preguntarse cómo funcionó allí.

"Ficha limpia" es el nombre popular de la Ley Complementaria nº 135, promulgada el 4 de junio de 2010, que modificó la Ley Complementaria nº 64 de 1990, que detallaba los casos de inelegibilidad. El equivalente a nuestra 23.298.

En el inciso L de su artículo 2, establece que no podrán aspirar a cargos electivos "quienes sean condenados a la suspensión de los derechos políticos, en decisión tramitada en juzgado o emitida por un órgano judicial colegiado, por acto doloso de improbidad administrativa que suponga lesión al patrimonio público y enriquecimiento ilícito".

La expresión "órgano judicial colegiado" se refiere a cortes de segunda instancia como el Tribunal Regional Federal (TRF) nº4 de Porto Alegre, el que le dio la estocada final a la candidatura de Lula da Silva al confirmar la sentencia del exjuez Sergio Moro por el caso del tríplex de Guarujá, que el magistrado atribuyó a un soborno de una empresa constructora.

Vaya curiosidad: la norma, que había sido impulsada por iniciativa popular, fue promulgada por el propio Lula da Silva apenas seis meses antes de abandonar el poder. Tanto él como el Partido de los Trabajadores (PT) la habían respaldado vigorosamente como prueba de la blancura para que la serie de escándalos de años anteriores no redujeran las chances de Dilma Rousseff de sucederlo en el Palacio del Planalto.

En años de jurisprudencia populista, el Supremo avaló la "ficha limpia" por considerarla "una limitación razonable" del principio constitucional de presunción de inocencia y también el cumplimiento anticipado de condenas, igualmente tras fallo de cámara y antes de que hubiera cosa juzgada –fin del "tránsito en juzgado" de las causas, en la jerga brasileña–. Eso hizo que Lula da Silva fuera preso por 19 meses y proscripto en los comicios presidenciales de 2018, para los que era amplio favorito.

Y tres años después…

En marzo de 2021, una sala del STF hizo lugar con efectos definitivos a una "petición de sospecha" presentada por los abogados del líder de la izquierda. Los jueces entendieron, por tres votos contra dos, que Moro, quien ya había pasado por el Ministerio de Justicia del gobierno de Jair Bolsonaro, había sido parcial y mostrado animadversión y motivaciones impropias hacia el acusado. Primero bajó el caso del tríplex, pero luego volteó todas las causas de Lula da Silva en la operación Lava Jato.

¿Por qué? Porque Moro, exjuez federal del estado de Paraná y político frustrado, manipuló desde el inicio su control del expediente de Guarujá –balneario ubicado en otro estado, San Pablo–; basó parte de su acusación en chats obtenidos ilegalmente por un hacker; no aceptó las delaciones premiadas hasta que estas mencionaron al actual presidente; actuó como juez y como asesor de los fiscales para la obtención de pruebas y, en esos intercambios de Telegram, sugería una intención específica de condenar a Lula da Silva y sacarlo de la carrera electoral.

La nulidad de las causas contra Lula da Silva no impidieron que la Lava Jato realizara numerosas detenciones, recuperara para el erario público dinero desviado de Petrobras en forma de coimas y, de hecho, probara la existencia del esquema de corrupción.

Sin embargo, para privar de sus derechos políticos al principal líder del país y meterlo preso hacen falta pruebas y, según el STF, fueron obtenidas de un modo que violó el derecho de defensa de Lula da Silva.

Una intervención impropia sobre la vida política

En sus años de vigencia, la "ficha limpia" impidió la presentación de miles y miles de candidatos flojos de papeles y carentes de la ética necesaria a cargo electivos de todos los niveles, ya sea ejecutivos como legislativos y también federales, estaduales y municipales.

Sin embargo, en el caso de Lula da Silva también provocó una enorme distorsión del proceso político que no dañó sólo al proscripto, sino a millones de sus simpatizantes en todo Brasil, que se vieron confrontados apoyar o no en 2018 a un candidato muletto como Fernando Haddad.

Eso fue así porque alteró el tránsito hacia esas elecciones al quitar del juego al principal favorito según todas las encuestas, al generar un clima de opinión adverso a este por supuestos delitos de corrupción que no se le probaron y al promover el ascenso de un candidato de ultraderecha como Bolsonaro, hasta entonces marginal en los sondeos.

Ese gobierno desembocó en denuncias de fraude por parte de Bolsonaro en la campaña de 2022 –escandalosamente falsas– y en un intento de golpe de Estado que se hizo evidente en el asalto violento de turbas ultraderechistas a las sedes de los tres poderes en Brasilia el 8 de enero de 2023, cuya finalidad era desencadenar una reacción militar que derribara al flamante gobierno del izquierdista.

Derecho o política, esa es la cuestión

¿Vale la pena la búsqueda de atajos objetables, malos sucedáneos de una Justicia que debería ser imparcial y veloz? ¿Qué impide que una causa como "Vialidad", que lleva 16 años de trámite, encuentre una rápida conclusión en la Corte Suprema, suficiente no sólo para que Cristina Kirchner sepa si seguirá gozando de libertad y derechos políticos, sino para que los ciudadanos conozcan si pueden ejercer su derecho a votarla o a rechazarla? El año electoral, se dirá, pero ¿qué mejor que darles certezas a los involucrados y al propio sistema político a través de una decisión fundada y justa?

El año que media hasta los comicios de mitad de mandato estarán cruzados, otra vez de manera desmesurada, por la cuestión de la corrupción, postergando debates necesarios en torno a las posibilidades de éxito de la política económica oficial, a los aspectos positivos y negativos que entraña el modelo en curso, a los peligros de deriva autoritaria que crecen con proyectos como la "ficha limpia" y, ni hablar, con la posibilidad de que Milei decida reemplazar al Senado y nombrar por decreto "en comisión" a dos jueces en la Corte Suprema de Justicia, Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla.

Aunque más de un dirigente mire para otro lado, hay asuntos que ya están pasando de castaño oscuro.

Fuente: www.letrap.com.ar

 

 

 

 

   

 

 

 

 

 



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