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NACIONALES
6 de noviembre de 2026
Duro golpe a los trabajadores: la Corte ratificó el tope a las indemnizaciones y Milei posterga el FAL por cálculo electoral
El máximo tribunal avaló la aplicación del artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral, reduciendo hasta un 67% las sumas indemnizatorias en comparación con el criterio histórico del IPC. En simultáneo, el Poder Ejecutivo prorrogó la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral hasta diciembre de 2026 y extendió el período de carencia a un año, en un movimiento político diseñado para frenar despidos masivos en la antesala del año electoral.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un pronunciamiento favorable a las pretensiones del Poder Ejecutivo al ratificar la validez y aplicación del artículo 55 de la reforma laboral (Ley N° 27.802). La resolución modifica sustancialmente el criterio habitual de actualización resarcitoria basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa del 3% anual, estableciendo topes normativos que achican los montos finales a cobrar por los trabajadores derivados de despidos.
Según trascendió desde los fueros judiciales y los análisis técnicos del fallo, el nuevo tope puede llegar a restar hasta un 67% del monto que le correspondería percibir al trabajador bajo el esquema general previo. A pesar de los duros cuestionamientos gremiales, la cartera de Capital Humano, conducida por Sandra Pettovello, emitió un comunicado donde calificó de "auspicioso" el fallo del máximo tribunal por fijar un "criterio rector" que otorga seguridad jurídica a las patronales y acota el costo de las indemnizaciones.
Pérdida de derechos y recalculando la pauta electoral
A la par de la resolución judicial, la administración central volvió a retocar el cronograma de instrumentación de la reforma laboral a través del Boletín Oficial. Mediante un decreto firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, la ministra Sandra Pettovello y el titular de Economía Luis Caputo, el Gobierno nacional modificó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
El decreto prorrogó la vigencia formal del régimen del Título II al 1° de diciembre de 2026 —un mes más tarde de lo estipulado originalmente— y estiró el plazo de carencia exigido de seis a doce meses corridos de aportes patronales registrados ante ARCA.
Un freno táctico a los despidos masivos
La justificación oficial de la medida argumenta la necesidad de permitir que los fondos de asistencia alcancen el volumen financiero requerido antes de afrontar desembolsos. Sin embargo, la consecuencia directa de la prórroga desplaza la operatividad real del FAL a diciembre de 2027.
Con este mecanismo en suspenso durante todo el próximo año, el Gobierno busca desalentar una oleada inmediata de cesantías que impacte de lleno en los índices de desempleo y en la conflictividad social en momentos en que se definirá la contienda electoral.
Radio Éxito 105.1 | El valor de la palabra