Con votos divididos, Diputados aprobó modificar la Ley Orgánica del Superior
En la sesión de este miércoles se avanzó en temas trascendentes, autoría de los Diputados como la modificación de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia, estableciendo un marco de transparencia en la votación de sus 5 integrantes. También pasaron al Senado la Colegiación de Trabajadores Sociales y la creación de un Registro de Instituciones que ayuden a víctimas de delitos sexuales.
En la sesión 29 de la Cámara de Diputados, presidida por su titular Pedro Cassani, se aprobó el proyecto de Ley que “otorga transparencia y participación en la votación de los ministros del STJ en cada una de sus Acordadas”, entendiendo que la Constitución concede esa potestad a la Legislatura, órgano que tiene el deber de velar por “el derecho de todos los ciudadanos a un justo proceso”.
En los fundamentos de la normativa, se señala que “la propuesta de sorteo público de los Jueces que emitirán su voto en primer término, como el orden de votación de los mismos, es la característica central del funcionamiento de un órgano colegiado, tal la naturaleza de este alto cuerpo, y ello permite el control, y a través del mismo la defensa en juicio de todo justiciable, conforme el art.18 de la Constitución Nacional”.
En la oportunidad hablaron los diputados Nora Nazar, fundamentando el despacho por mayoría, y el diputado Carlos Rubín por el Despacho de Minoría. Posteriormente hizo uso de la palabra la diputada Marly Brisco solicitando la vuelta a comisión con preferencia para la semana próxima, argumentando la necesidad de ver documentación incorporada al expediente. “No pongo en duda la veracidad de todo lo expuesto”, admitió antes del pedido formal de pase a comisión.
Esta moción de pase a comisión obtuvo 9 votos: Marly Brisco del PA; 6 diputados de la UCR (Jorge Molina, Héctor Lopez, Graciela Insaurralde, Nidia Vivas, Alina Goyeneche y Adán Gaya); y Carlos Rubín y Alicia Locatelli de Rubín, ambos del PJ.
Por la mayoría lo hicieron: Hugo Vallejos, Tamandaré Ramirez Forte, Luis Badaracco, Irma Pacayut y Carlos Farizano del PJ; la bancada de 4 liberales; Osvaldo Fagetti de la UCR; el referente de C. con Todos Angel Rodriguez; el representante de C. Correntino Manuel Sussini;; Rufino Fernandez de Proyecto Corrientes; Sonia Lopez del PC ; y los 2 del Partido Nuevo, llegando así a las 16 voluntades.
Previamente el diputado Carlos Rubín, señaló que “nadie puede oponerse a la transparencia en cualquier institución”, pero debía requerirse opinión de los sectores que se verán afectados; por lo que había adelantado su voto a favor del pase a comisión.
En la sesión de marras, también se convirtieron en leyes: la implementación de campañas anuales de prevención de accidentes por el uso de armas de fuego; la Declaración de Patrimonio Paleontológico de la provincia al yacimiento del arroyo Toropí, Cuarta Sección, Colonia Progreso, departamento Bella Vista; la adhesión de la provincia a la Ley Nacional Nº 25.635 de Sistema de protección integral de las personas discapacitadas; todos ellos, iniciativas que nacieron en la Cámara Alta.
En tanto que obtuvieron media sanción: la Regulación de la misión, actividad y organización de las asociaciones de bomberos voluntarios; la creación del Colegio de Trabajadores Sociales de la provincia de Corrientes; y la Declaración de Patrimonio Cultural e Histórico a la ex estación del ferrocarril Urquiza de la ciudad de Mercedes.
Asimismo también se otorgó el pase al Senado para completar su trámite parlamentario, la ley que crea el Registro de Instituciones Públicas y Entidades sin Fines de Lucro competentes en la ayuda y protección de las víctimas de delitos contra la integridad sexual (REGIS). Los expedientes citados, son autoría de los señores diputados, y pasaron por las comisiones respectivas donde fueron analizados exhaustivamente.
Vale mencionar que también se incorporó el expediente 7687 –Pedido de Juicio Político a 3 ministros del Superior Tribunal de Justicia- el cual quedó RESERVADO en Secretaría; al igual que el Pedido de Juicio Político contra el Fiscal General Pedro Cesar Sotelo (expte 7663), funcionario judicial que acumula ya 4 solicitudes similares, según lo informado en plena sesión, a inquietud pública del diputado Carlos Farizano.
Un dato no menor es que se aprobó también la Prorroga de Sesiones Ordinarias hasta el 21 de diciembre, habida cuenta que el calendario constitucional indica que las mismas cierran el 30 de noviembre.
Asimismo también se aprobó una resolución que solicita al Poder Ejecutivo la designación urgente de funcionarios que, conjuntamente con el STJ, se encargarán de reglamentar la Ley 5749 de Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.
Mas Resoluciones:
- Informes al Registro Civil de la Provincia, respecto de la delegación en Colonia Carlos Pellegrini e insta a su normalización institucional.
- Informes al Poder Ejecutivo, a la Secretaría General de la Gobernación y al Instituto de Cultura, sobre retiro no autorizado de material arqueológico y etnográfico y sobre las obras que se están realizando en el terreno del Gabinete de Investigaciones Antropológicas.
- Informe al Ministerio de Hacienda y Finanzas, respecto del cumplimiento de lo establecido en la ley Nº 26.737 y su decreto reglamentario Nº 274/12.
- Solicita al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través del Registro de la Propiedad Inmueble, informe si existen inmuebles propiedad del Estado Nacional en la ciudad de Alvear.
- Informes sobre la totalidad de predios rurales bajo titularidad de personas físicas o jurídicas extranjeras o en posesión de extranjeros en la provincia de Corrientes.
La sesión se inició pasadas las 22 horas y finalizó pasadas 23.45 horas.
Que es la Ley denominada “REGIS”
Es la normativa que establece en sus articulados, lo siguiente:
ARTÍCULO 1º: CREASE el REGISTRO de Instituciones públicas y entidades privadas sin fines de lucro competentes en la ayuda y protección de las víctimas de delitos contra la integridad sexual (REGIS), con el fin de facilitar la intervención y el asesoramiento previsto en el artículo 132 del CODIGO PENAL ARGENTINO, sujeto a las disposiciones de la presente ley.-
ARTICULO 2: El REGISTRO (REGIS) llevará en forma ordenada la información y los datos de individualización de las instituciones públicas o privadas indicadas en el artículo anterior, su actualización y resumen de actividades relacionadas con la temática, siendo la información pública y puesta a disposición vía internet en forma completa.-
ARTÍCULO 3: El listado de las instituciones y entidades con los datos de contacto deberá hacerse conocer a la víctima en la primera oportunidad en que intervenga la autoridad policial o judicial en el trámite de un presunto delito contra la integridad sexual.-
ARTICULO 4: La autoridad de aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia , facultándolo a realizar los convenios pertinentes con el PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE CORRIENTES y todo organismo, institución o entidad especializada en la temática del REGISTRO (REGIS) a los efectos de obtener su colaboración en la asistencia a las víctimas de delitos contra la integridad sexual.-
ARTÍCULO 5: De forma.-
LEY DE ASOCIACIÓN DE BOMBEROS
Esta Ley que pasó con media sanción al Senado, regula la misión, actividad y organización de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios en todo el territorio de la Provincia de Corrientes y su vinculación con el Estado Provincial a través de la Dirección de Defensa Civil, reconociéndose el carácter de servicio publico de las actividades especificas desarrollada por sus Cuerpos Activos.-
La misma establece las siguientes obligaciones:
a) Prestar inmediato auxilio en los casos de incendio o acontecimientos provocados o naturales que pongan en peligro la vida y/o los bienes de los habitantes de la Provincia en el ámbito de su jurisdicción, sin necesidad de requerimiento alguno por parte de las autoridades públicas. Fuera de su jurisdicción podrá intervenir cuando medie requerimiento de otro Cuerpo o la autoridad competente, siempre que cuente con los recursos humanos y materiales suficientes.-
b) Prestar colaboración en tareas de prevención de incendios y otras emergencias públicas.
c) Difundir en la población todo lo relacionado con prevención y lucha contra incendios.
d) Fomentar la formación de Asociaciones similares en los centros urbanos que carezcan de esas entidades, proporcionando ayuda y asesoramiento.
e) Disponer la concurrencia de los integrantes de sus cuerpos activos ante cualquier alarma o pedido frente a las circunstancias determinadas en los incisos a) y b de este artículo, salvo en caso o fuerza mayor debidamente justificadas.
f) La integración, equipamiento y capacitación de los Cuerpos Activos destinados a prestar los servicios.
g) Constituirse a través de sus cuerpos activos en la fuerza operativa de la Defensa o Protección Civil, ya sea Municipal o Provincial.-
h) Concurrir al llamado en los casos de siniestros, a los efectos mencionados en la Ley de Defensa Nacional.
i) Documentar debidamente sus intervenciones.
j) Cumplir y hacer respetar las órdenes de sus superiores jerárquicos.-
k) Mantener el decoro de su vida pública y privada.-
l) Concurrir inmediatamente al llamado de alarma.-
m) Alertar inmediatamente al personal superior y al turno en cuartel, sobre conocimientos de siniestros dentro de la jurisdicción y que requieren la intervención del cuerpo.-
n) Conocer los reglamentos.-
ñ) Concurrir puntualmente a recibir instrucciones en los horarios establecidos.-
o) Cumplir las demás obligaciones del servicio que establezcan los reglamentos respectivos.-
Fuente: www.radiodos.com.ar