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EL TIEMPO EN LA CRUZ

8 de noviembre de 2012

Se aprobó cierre de wiskerías y seguimiento a delincuentes sexuales

Tras un arduo debate, se aprobó la “Prohibición de instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación bajo cualquier forma, modalidad o denominación de manera ostensible o encubierta de whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne”, el cual pasa al Senado para completar su trámite parlamentario, al igual que otras trascendentes iniciativas.

 

En la sesión 30 de la Cámara de Diputados, presidida por su titular Pedro Cassani, se aprobaron varios proyectos de leyes trascendentes para la provincia, en relación a la lucha contra delitos contra la integridad sexual; además del cierre de “prostíbulos, clubes nocturnos, o wiskerías” a fin de colaborar con la problemática de “Trata de Personas” y otras clases de abusos.

En relación a los primeros expedientes citados, se refiere a la implementación de dos “Programas” a implementarse desde el Poder Ejecutivo (dos leyes diferentes). Una de ellas, tiene como objetivo el “Control de Delincuentes Sexuales en libertad condicional”; y el otro estableciendo la “Protección a víctimas de dichos delitos”. Ambos pasaron al Senado para completar el trámite parlamentario de rigor y poder ser promulgado para la puesta en vigencia.

El proyecto de “cierre de wiskerías” –con idéntico destino- en tanto, fue objeto de un arduo debate, donde los legisladores analizaron en el recinto si se vulneraban derechos individuales de quienes ejercían la “prostitución”.

En este aspecto, la diputada Sonia López, dijo entre otros conceptos que “no siempre una prostituta es víctima de Trata de Personas”, remarcando también que la normativa de cierre de clubes nocturnos y afines, a su parecer servía de “propaganda” como accionar legislativo en la lucha contra este flagelo, pero que “en los hechos, no sirve, ya que quien ejerce su derecho a su libertad individual, tendrá dificultades, y hasta se lo estará criminalizando injustamente”.

Por su parte, los diputados Angel Rodriguez (CT)y Carlos Rubín (PJ) adelantaron su voto positivo a esta medida, al igual que los diputados Hector Lopez (UCR) y Juan José Affur (PL). “Es un acto de prevención social”, señaló Angel Rodriguez, considerando que se “cierra con esto, un camino que lleva al abuso de los más vulnerables”.

En su fundamentación la diputada Alina Goyeneche – autora- señaló que se “Prohibe la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación bajo cualquier forma, modalidad o denominación de manera ostensible o encubierta de whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne”, tal el texto del artículo 1 de la norma que ahora pasa al Senado para convertirse en Ley.

Otro tema, no menor, es la media sanción a la Ley que Crea el Programa de Prevención, Asistencia y Recuperación de las Personas en Crisis, con Riesgo de Suicidio; autoría de la diputada Nora Nazar, quien hace bastante tiempo viene siguiendo de cerca las estadísticas y casos concretos de personas que sumidas en una profunda depresión deciden quitarse la vida. “Está comprobado que quien intenta matarse, hay muchas posibilidades, de que reincida y concrete su objetivo. Son vidas correntinas, que toman una resolución incorrecta en un momento de desesperación y arrebato. Tienen que ser ayudados, contenidos”, sostuvo en la fundamentación.

Asimismo, también pasaron al Senado para completar el tratamiento: las leyes de “Seguridad deportiva”; y “Paraje Cazadores Correntinos, segunda sección del departamento de Curuzú Cuatiá: sede permanente de la “Fiesta Provincial del Esquilador”.

En el encuentro, se sancionó la Ley que implementa una campaña masiva de recolección de papeles en desuso en todas las dependencias estatales para su posterior reciclaje.

Pasó a comisión, en tanto, el proyecto sobre oferta académica de técnico en Guardaparques.

La sesión se inició pasadas las 21 horas, registrándose las ausencias de los diputados Carlos Farizano, Alicia Locatelli, Irma Pacayut, Miguel Pérez y Ramón Simón. El encuentro finalizó a las 23.15 horas.


Son resoluciones:

- Solicitud al Señor Ministro Secretario General de la Gobernación, Dr. Carlos Vignolo, informe sobre los reclamos realizados por el estado de precarización de los trabajadores sociales de la Secretaría de Desarrollo Humano de Corrientes.

- Solicitud al IOSCOR, de informes respecto de los entes, organismos y/o municipios cuyos empleados y grupo familiar estén adheridos a las Leyes Nº 3.341; 3.932 y sus modificatorias.

- Solicitud al IPS informe respecto del cumplimiento de los entes comprendidos en el Artículo 20, de lo que establece el Artículo 16, ambos de la Ley Nº 4.917-TO- especialmente en cuanto a tiempo, forma y sistematización de informaciones.

- Insta al Ejecutivo a agilizar los medios previstos en la Ley 5978 a los efectos de la inmediata aplicación en la localidad de Paso de los Libres (Aprobado Sobre Tablas).

- Solicita al Poder Ejecutivo proceda a la construcción de una comisaría en Santa Lucía. (Aprobado Sobre Tablas)

- Pedido de Informes al Ejecutivo, a Aguas de Corrientes, y otros organismos, con respecto a la falta de inversión en el servicio de agua potable y real cloacal, en Santa Lucía (Aprobado Sobre Tablas)

 

Extracto Ley Seguimiento de violadores

Artículo 1: Créase el “Programa de Seguimiento y Control de Delincuentes Sexuales”, en el ámbito del Ministerio de Gobierno de la Provincia, quien será la Autoridad de Aplicación de la presente.

ARTICULO 2: Para ello, dicha autoridad de aplicación a través del área competente, deberá monitorear y controlar en forma periódica el accionar de todo delincuente sexual que cumplida su condena obtenga su libertad, o bien se encuentre amparado por los beneficios contemplados por la ley 24.660, -salidas transitorias del establecimiento penitenciario; régimen de la semilibertad, periodo de libertad condicional, libertad asistida.

Artículo3: La persona condenada por delitos contra la integridad sexual, y que hubiere recuperado su libertad, estará obligada a presentarse ante la autoridad policial de la jurisdicción del domicilio que hubiera fijado como residencia habitual cada treinta (30) días corridos, en razón del alto grado de reincidencia del tipo de delito perpetrado.

Artículo 4: El Director del Establecimiento Penitenciario Provincial donde se encuentre alojada la persona condenada por delito contra la integridad sexual, deberá convocarla con carácter previo a la ejecución de su libertad condicional, asistida o por cumplimiento de la condena conforme a la ley 24.660 -LEY DE EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTA-, y le informara en forma clara y precisa, del contenido y las obligaciones emanadas de la presente ley, dejando por sentada en un acta elaborada en el momento, haciéndole entrega de una copia de la misma, requiriéndole en dicho acto la constitución del domicilio que será de residencia habitual del mismo.

(Continúa el texto. Este proyecto pasó al Senado con media sanción)

Extracto Ley cierre de Wiskerías

Artículo 1º.- Prohíbase en todo el territorio Provincial la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación bajo cualquier forma, modalidad o denominación -de manera ostensible o encubierta- de whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne.

Artículo 2º.- Dispónese la inmediata clausura a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, en todo el territorio de la Provincia, de las whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne, en los términos y condiciones de esta norma y de acuerdo al procedimiento que se establezca por vía reglamentaria, facultándose a la Autoridad de Aplicación a adoptar las medidas necesarias y conducentes a tales fines.

Siguen los articulados. (Este proyecto pasó al Senado con media sanción)

Extracto Ley protección víctimas de delitos sexuales

Artículo 1°.- Créase “Ley de Protección a victimas de Delitos contra la Integridad Sexual”, la que mediante un “Programa Protección a las Víctimas de Delitos contra la Integridad Sexual”, funcionara en el ámbito del Ministerio de Gobierno, quien será la Autoridad de Aplicación de la presente ley.

Artículo 2°.- El Programa Protección a las víctimas de los Delitos contra la Integridad Sexual deberá contener en su cuerpo acciones de asistencia, seguridad y protección a la victima; prevención y control ciudadana; debiendo ser complementario a otros programas vinculados a este tema.

Artículo 3º.- Crease, de manera transitoria y por un periodo de tiempo no mayor a 90 días un Comité de Expertos en Defensa de la Integridad Sexual, integrado por representantes de todos los organismos públicos cuya acción este vinculado al tema; Universidades públicas y Privadas; y Organizaciones no gubernamentales involucradas en la temática de los delitos contra la integridad sexual, a los fines de colaborar en el mejoramiento, asistencia y diseño del programa creado en el marco de esta Ley. Este comité será convocado por la Autoridad de aplicación, se constituirá pasado un lapso no mayor a 60 días de aprobado el presente proyecto y funcionara “ad Honorem” por un periodo que no deberá extenderse mas allá de 120 días de convocado.

Contiene la Ley varios artículos con Anexos. (Este proyecto pasó al Senado con media sanción). 

Fuente:www.radiosudamericana.com



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