16 de octubre de 2015
Cámara Electoral rechazó apelación y ratificó la nulidad del padrón de extranjeros de Itatí
Luego de que la Junta desestimara el planteo para retrotraer su decisión de invalidar la nómina por las irregularidades detectadas, el dictamen fue apelado en una instancia superior. Pero allí, también el recurso fue rechazado porque no se presentó la nómina de acuerdo a lo fijado por la legislación. Desde el Municipio anticiparon que hoy analizarían los pasos a seguir.
La Cámara Electoral Provincial se expidió ayer al mediodía. Rechazó la apelación de la decisión de la Junta de anular el padrón de extranjeros de Itatí porque detectaron varias anomalías. Como última instancia para intentar revertir esta situación, desde la Comuna podrían acudir al Superior Tribunal de Justicia pero alertaron que les queda poco tiempo antes que se realice la carga de urnas para el 25 de octubre.
Tal como lo informó El Litoral en su edición de ayer, las integrantes de la Cámara emitieron un dictamen. “Por un lado se declara inadmisible la apelación presentada por el intendente ya que en realidad, de acuerdo a la normativa vigente, correspondería que ese planteo lo realice el Concejo que es el encargado de la confección definitiva del padrón. Y por el otro, se rechazó el recurso presentado por un extranjero con residencia en la localidad que considera que fueron lesionados sus derechos al no poder votar”, explicaron a este diario.
De esta forma, quedó ratificado la resolución emitida el pasado viernes por la Junta Electoral Provincial que declaró nulo el padrón de extranjeros que estaba habilitado para definir, el 25 de octubre, a los nuevos concejales de Itatí. Decisión que basaron en las irregularidades detectadas en la nómina en la que estaban registradas 428 personas.
“Ni la Junta ni la Cámara le están quitando a la gente el derecho a votar y tampoco es una cuestión política. Existe un procedimiento que establece como se tiene que confeccionar y presentar el padrón de extranjeros. Eso está fijado claramente en la Carta Orgánica Municipal y la Ley Orgánica. Si el Concejo cumplía con esa normativa para lo cual tuvo varios meses, esto no estaría pasando”, subrayaron desde el ámbito electoral de la Provincia. A lo que agregaron “la nulidad se resolvió porque se encontraron irregularidades varias. De oficio, en la Junta por ejemplo se podía excluir a las 43 personas fallecidas que figuraban en el padrón pero ese no era el único problema”.
En este punto, recordaron que “existían personas anotadas dos veces con el mismo nombre pero con direcciones diferentes, o con números de documentos distintos. Sólo por citar algunos casos”. “Y este tipo de situaciones es lo que tenía que revisar el Concejo, tal como lo establece la Carta Orgánica, antes de enviar el padrón”, destacaron.
Medida
El intendente Natividad Terán al ser consultado por El Litoral dijo que “aún no sabemos que se resolvió en el ámbito electoral. Estimo que mañana (hoy), el abogado estará tomando contacto con los organismos correspondientes”.
“Si el fallo es nuevamente desfavorable, vamos a apelar ante todas las instancias que podamos. Ya sea en el Superior Tribunal de Justicia o donde los asesores legales me indiquen”, anticipó el jefe comunal. No obstante, admitió que “es poco el tiempo que nos queda porque ya está en marcha todo el proceso para las elecciones del domingo 25. Pero bueno, vamos a dejar constancia de que hicimos todo lo posible para que la gente pueda votar. Lamentablemente hay personas extranjeras que tienen residencia en nuestra localidad donde votan hace más de 20 años”.