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EL TIEMPO EN LA CRUZ

20 de febrero de 2015

Confirmaron la condena al médico y ex concejal que abusó de su hija y la nieta

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia del Tribunal Oral Penal de Santo Tomé que condenó a Carlos Alberto Rafael Villegas. El doctor había recibido la pena de 18 años de prisión por hallarlo responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante contra su hija y su nieta.

La Corte Provincial rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de Carlos Alberto Rafael Villegas y ratificó la sentencia Nº 46 dictada por Tribunal Oral Penal de la Quinta Circunscripción, por la cual se lo condenó  a la pena de 18 años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, mediando abuso coactivo o intimidatorio de una relación de poder, agravado por la condición de ascendiente, dos hechos, en concurso real. La víctimas fueron su hija y su nieta. En su escrito, la defensa cuestionó múltiples aspectos: “el complejo de pruebas en que basa su accionar el TOP es sólo indiciaria, y que la fiscalía no probó los hechos”; “la progenitora incurrió en contradicciones y mentiras”; “la víctima-denunciante esperó un año y medio para realizar la denuncia”; “ante la ausencia de testigos directos, se le otorgó mayor relevancia a los dichos de la misma y los testimonios de la familia de la damnificada en sentido estricto o restringido”; “omisión de toda consideración y relativismo de la versión brindada por su pupilo y los testimonios de descargo”; se refirió a una “concepción prejuiciosa de los sentenciantes y argumentó que la gran mediatización del caso influyó en su contra”; “los informes periciales no dieron cuenta  de que la nieta hubiera padecido una conducta abusiva”.  Por último, consideró que la condena era “excesiva e injusta en comparación al bien jurídico protegido (abuso sexual ­ integridad sexual)”. En la sentencia N°10 /15 los Ministros doctores Alejandro Alberto Chain, Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan entendieron que la medida recursiva resultaba inconducente y concluyeron que la sentencia se encontraba debidamente fundada, reunía los requisitos de validez, y era inamovible en sus fundamentos.    El caso Un 16 de septiembre de 2008 y ante un episodio de abuso a una de sus hijas, María José radicó la denuncia contra su padre, Carlos Villegas.  La denunciante precisó además que desde 1994 y durante 10 años, fue abusada sexualmente por su padre, aseverando que la exponía a diversas prácticas sexuales.   Fuente:www.ellitoral.com.ar

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