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3 de octubre de 2024

Internas de la UCR: la Justicia rechazó el pedido de nulidad del proceso electoral

Así lo informó este jueves el Juzgado Federal con competencia electoral. Las elecciones están previstas para el 27 de octubre.

El Juzgado Federal con competencia electoral rechazó este jueves la acción de nulidad contra el proceso electoral de la Unión Cívica Radical (UCR) de Corrientes, presentado por un grupo de afiliados.

Las elecciones están previstas para el próximo 27 de octubre, como lo definió el Convención celebrada en abril. 

En carácter de afiliados de la Unión Cívica Radical (UCR) Berger Cristian Diego, Provasi Ida del Rosario, Alegre Edgardo, Acosta Julio Cesar, Ramirez Cyntia, y Rey Miguel Ángel,  promovieron la acción autónoma de nulidad solicitando se declare la nulidad total del proceso electoral interno. 

Según se desprende del documento, los afiliados manifestaron que "el proceso electoral interno de la UCR es nulo, por haber mediado una desnaturalización de la función del partido político, por la falta de conformación de la Junta Electoral, por haber omitido establecer canales de comunicación oficiales, por no haberse exhibido los padrones provisorios, por admisión de afiliaciones sin control y la imposibilidad de poder realizar la revisión y tachas".

Los actores presentaron como pruebas capturas de pantalla y una nota dirigida a la Junta Electoral, indicando la falta de respuesta a sus reclamos.

Sin embargo, el juez, con competencia electoral, Juan Carlos Vallejos, resolvió rechazar el pedido y lo argumentó: "Siguiendo la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral, que establece es estándar del “principio de la regularidad funcional”, en virtud de la cual se exige la menor intromisión posible en la vida interna de los partidos, salvo graves y flagrantes violaciones a las leyes, ello, exige ser prudentes al intervenir en el ámbito de reserva de modo de que no se lesione su régimen y funcionamiento y en consecuencia dañar el substrato de representatividad de sus dirigentes (Fallos: 2768/00 CNE), corresponde desestimar el planteo de nulidad del proceso electoral del Partido Unión Cívica Radical, efectuado por el grupo de afiliados al Partido Radical".

Fuente: www.ellitoral.com.ar

 



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