NACIONALES
23 de diciembre de 2023
DNU de Milei: laboralista advierte que transforma en "autónomos" a todos los trabajadores
Con la excusa de realizar una reforma laboral y modernizar el sistema, el Presidente afectará diversas actividades y recortará derechos de trabajadores. "Todas las modificaciones tienen protección constitucional", aseguró Diego García Vilas a El Destape.
Por Antonella Bernetti
Tras la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 en el Boletín Oficial, uno de los puntos que más preocupación generó en la ciudadanía estuvo relacionado con la reforma laboral que busca implementar el presidente Javier Milei y que ya genera fuertes tensiones entre el Gobierno nacional y los diferentes gremios. El jefe de Estado argumentó que busca avanzar en la flexibilización laboral ya que tiene el objetivo de "atacar el empleo precario y los salarios miserables" con el recorte de derechos a las y los trabajadores.
El máximo mandatario propone la "modernización" del sistema laboral, modificando el régimen de indemnizaciones por despido -especialmente aquellos que se resuelven a través de un juicio laboral, en línea con los históricos pedidos de las principales cámaras patronales-, ampliando el período de prueba hasta los ocho meses -hasta el momento era de tres- e incorporando los bloqueos o tomas de establecimientos como causales de despido por "injuria laboral grave". "El empleo privado está estancado en 6 millones de puestos de trabajo desde hace más de una década, un tercio de los trabajadores formales son pobres", aseguró el mandatario.
"Al hacer un análisis del DNU diría que ninguna de las modificaciones que se hicieron pueden ser efectuados por decreto, básicamente porque lo que hace es tratar de modificar leyes que tienen protección constitucional. El derecho a la huelga, prácticamente se pulveriza y el tema de la protección al trabajador reconociéndolo como una parte más débil al momento de contratar establecida en el Art. 14 bis -que propone proteger al trabajador contra el despido arbitrario- también se elimina. De las transformaciones, ninguna puede ser efectuada", marcó el abogado laborista Diego García Vilas en diálogo con El Destape.
A su vez, entre las diversas eliminaciones o modificaciones dentro de la reforma, también se destacan los cambios en licencias por maternidad, alteraciones en la Ley 23.551 sobre Asociaciones Sindicales -las asambleas y congresos no deben perjudicar las actividades de la empresa o de terceros- y se prohíbe el derecho a huelga -declarando como servicios esenciales a diversas actividades, exigiendo un 50% o 75% de prestación-. En este último punto figuran: los servicios sanitarios y hospitalarios; el transporte, la distribución de medicamentos e insumos hospitalarios; los servicios farmacéuticos; la producción, el transporte, la distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica; las telecomunicaciones; los servicios aduaneros y migratorios; y la educación en todos sus niveles, entre tantos otros.
"Las modificaciones más lesivas para los trabajadores son para aquellos que no tienen trabajo y que podían aspirar a conseguirlo. Lo primero que les va a generar es que la nueva forma de contratación va a ser bajo un régimen que no contemple la relación de dependencia, porque habilita a un montón de mecanismos para generar relaciones casi comerciales o de pares bajo la figura del monotributo", señaló el exlegislador porteño de Confianza Pública, espacio referenciado en Graciela Ocaña.
Por otro lado, quienes también se verán afectados son aquellos que actualmente están en la actividad. "Quienes tienen la aplicación de un convenio colectivo de trabajo, tienen el riesgo de ser transferidos a empresas de terceros que apliquen convenios más baratos o de peores salarios y que tengan que hacer los mismos trabajos para las empresas principales, pero en una empresa donde se aplique otro convenio, generando un desmedro en su condición laboral", explicó a este medio García Vilas.
En este contexto de ataques y recortes a los trabajadores, el jurista recibido de la Universidad de Buenos Aires (UBA) vaticinó que pasarán a existir "trabajadores de primera y de segunda" para todos aquellos que estén en el sistema laboral. "También va a haber trabajadores de tercera, que son aquellos que ni siquiera van a tener la protección laboral. Este es el punto más importante. Hay todo un andamiaje construido en este decreto para que los trabajadores no tengan relación de dependencia y sean considerados autónomos dentro del sistema", puntualizó. Y apuntó: "Si bien uno podría dar a entender que en la actualidad ocurre, esos trabajadores tenían la posibilidad de -en algún momento- reclamar y resarcirse por haber sido utilizados en este mecanismo. Con este decreto, esos derechos se eliminan por completo".
García Vilas sostuvo que el hecho de "generar dinamismo" en el mercado de trabajo es solo una excusa para "barrer el derecho laboral" y marcó que dicho derecho es "el que presupone que al momento de negociar un trabajador con el sector empresario o con el empleador, las condiciones no son las mismas y viene a tratar de compensar esa diferencia". Con las nuevas disposiciones y las reformas a realizar a partir del DNU, lo que está pasando es que "se pasa a plantear que 'el trabajador y el empleador están en las condiciones de pactar libremente'" y "el que pierde siempre va a ser el trabajador".
Sobre el cierre, el laborista remarcó que intentarán justificar las violentas medidas poniendo de ejemplos a los empleadores de las PyMES. "Dirán de pensar en el pobre kiosquero, que con mucho esfuerzo se levanta y mantiene un kiosquito y que tiene un trabajador que después se queda con el kiosco. Pero en realidad lo que ocurre en la Argentina es que hay grandes empresas que también tienen la posibilidad de ahorrar lo máximo posible en los costos para producir y en función de eso, lo que tratan de hacer es ahorrar en el costo laboral, que es una incidencia muy importante", explicó.
Otras modificaciones que afectan a trabajadores
En el DNU se derogan leyes laborales como la 25.323, que duplica las indemnizaciones en caso de una relación laboral no registrada o efectuada de manera deficiente; justificando que el empleo formal registrado no crece desde 2011 y no se logra revertir el problema de la informalidad. Otro de los puntos afecta a los sindicatos en relación a las cuotas solidarias (aportes que solo existirán con un consentimiento explícito del empleado), la creación de un fondo o sistema de cese laboral (para indemnizaciones) y se elimina la posibilidad de que empleados de contratistas puedan ser considerados empleados no registrados.
"Se modifican las Leyes Nros. 14.250, 14.546, 20.744 (t.o. 1976), 23.551, 24.013, 25.345, 25.877, 26.727, 26.844 y 27.555 y se deroga la Ley N° 25.323, a los efectos de mejorar y simplificar los procesos de registración, darle seguridad jurídica a la relación laboral, redefinir la procedencia de los descuentos salariales convencionales, autorizar a las convenciones colectivas a explorar mecanismos de indemnización alternativos a cargo del empleador, tal como se ha implementado en algunas actividades, revisar los criterios de ultractividad y evitar los bloqueos de actividades productivas", enumera el DNU.
"Con esta modificación, tienen todos los mecanismos para poder llevarlo adelante y hacerlo, prácticamente sin consecuencias", concluyó.
Fuente: www.eldestapeweb.com