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20 de diciembre de 2022

Feriado por la Selección: "Las provincias no pueden negarse a acatar"

El Dr. Félix Lonigro es abogado constitucionalista y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires. En charla con Radio Sudamericana explicó si correspondía que se determine un feriado por los festejos para recibir a la Selección Argentina y si los gobernadores que decidieron no acatar la medida tomaron una decisión adecuada al derecho.

El constitucionalista Félix Lonigro explicó que “la definición de los feriados es una atribución que corresponde al Congreso de la Nación y se realiza a través de una Ley, no es el Presidente”. Apuntó, sin embargo, que “en circunstancias excepcionales, la Constitución permite al Presidente tomar atribuciones del Congreso y dictar leyes a través de los denominados Decretos de Necesidad y Urgencia”.   

Agregó que estas denominadas “circunstancias excepcionales” se considera que ocurren eventos “que impiden esperar el trámite normal de una ley en el Congreso”. Sumó el dato de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación “interpreta que las catástrofes naturales como inundaciones o guerras son circunstancias excepcionales”.

En este sentido, consideró que “la llegada de la Selección Argentina no es una circunstancia que permite al Presidente robarle una atribución al Congreso, pero lo hizo y es un DNU, que es como si fuera una ley”. Por ello, aportó el dato de que “las provincias no pueden no acatar”, con lo cual los territorios estarían incumpliendo con una ley.

Más allá de esto, Lonigro aclaró que “no habrá sanciones” para los gobernadores que no se plegaron al feriado, pero también reconoció que “pueden tener razón al no acatar al feriado por no considerar que no es una circunstancia excepcional, más allá de que haya una ley”. “El gobernador que no acata tiene razón en el sentido material, pero la decisión formal está y hay que aceptarla”, expresó.

Qué pasa con los privados

Lonigro explicó que “el segundo conflicto que se genera es con los particulares”, poniendo como ejemplo que “si un empleado no quiere ir a trabajar, puede negarse porque hay un decreto nacional y si va a su trabajo, debe cobrar el doble”. Aclaró que en el caso de que un gobernador decida no plegarse, debe existir un decreto provincial que lo exprese.

“Lo que hacen los gobernantes con estos DNU y si acatan o no acatan, es complicarles la vida a las relaciones entre particulares”, afirmó. Reconoció que “el DNU debe ser aprobado por el Congreso, pero rigen inmediatamente después de su publicación, pero cuando se trate esto va aquedar en abstracto”. “La Corte definió que las circunstancias excepcionales son los desastres naturales, de ahí a recibir a la Selección hay un océano”, cerró.  

Fuente: www.radiosudamericana.com



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