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EL TIEMPO EN LA CRUZ

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12 de enero de 2022

Autotest: definieron el modo en que se deberá informar el resultado

Mediante la resolución 28/2022, las autoridades nacionales confirmaron que estos productos se venderán únicamente en farmacias.

El Gobierno reguló ayer la venta y el uso de los autotest de covid-19 y estableció el mecanismo para que los usuarios informen el resultado. Luego de que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) autorizara los autotest para aliviar el estrés que está sintiendo el sistema de testeos en las últimas semanas frente a la tercera ola de contagios de coronavirus, el Ministerio de Salud publicó el "Procedimiento para el reporte del uso y notificación del resultado de los test individuales de autoevaluación para la detección del SARS-CoV-2 (COVID-19)".

 A través de la Resolución 28/2022, publicada ayer en el Boletín Oficial, la cartera conducida por Carla Vizzotti fijó que el comprador deberá comunicar a las autoridades sanitarias si el diagnóstico resultó positivo o negativo y lo tendrá que hacer "de forma individualizada (atento al código de barras de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 horas de realizado el mismo, y dentro de los 7 días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados".

Si el autotest fue comprado por un usuario particular en una farmacia, el aviso del resultado tendrá que hacerse en el mismo punto de venta, de manera presencial, telefónica, virtual o por otros medios que eventualmente puedan desarrollarse.
 Si la prueba fue adquirida y/o utilizada por una institución pública o privada, estas deberán designar a una referente de la salud responsable del reporte de uso, e informar el destino y los resultados al lugar de adquisición o en su defecto a las autoridades sanitarias de su jurisdicción.

Las farmacias y las instituciones, o en su defecto las autoridades locales, tendrán que cargar luego los resultados de cada uno de los autotest en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (Snvs), y además tendrán que aportar los datos del paciente: nombre y apellido; sexo legal; fecha de nacimiento; tipo y número de documento; domicilio y teléfono. 

Los autotest "deben ser aprobados por Anmat previo a su comercialización, dado que son considerados productos médicos para diagnóstico in vitro" de acuerdo a lo establecido en la Disposición ANMAT Nº 2674/99 y modificatorias". Además, el producto debe contener sólo un test por empaque de venta, con un número identificatorio, código de barras o código QR . 

Fuente:www.nortecorrientes.com



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