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EL TIEMPO EN LA CRUZ

25 de noviembre de 2016

Confirman procesamiento de la madre que intentó matar a su beba

Así lo dispuso ayer la Cámara de Apelaciones en lo Criminal. Pese a los argumentos de la defensa que a su vez solicitó el cambio de carátula a "Abandono de Persona"; para los camaristas, "los datos recolectados hasta la fecha sustentan el auto de procesamiento dictado". De esta manera, María Dolores Casafuz quedó imputada por "tentativa de homicidio".

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal rechazó ayer el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la imputada María Dolores Casafuz y confirmó el auto de procesamiento por el intento de homicidio de su beba recién nacida en Mercedes, ocurrido en el mes de julio.

En la causa caratulada "Supuesta Tentativa de Homicidio", los integrantes de la Cámara no dieron lugar al pedido de apelación presentado el 16 de septiembre por el abogado defensor, José Agustín Ramírez, dejando firme el procesamiento de Casafuz por el intento de homicidio de su beba, a la que arrojó al patio de un vecino desde un muro. La defensa técnica cuestionó la calificación jurídica y afirmó que no podía sostenerse que la mujer hubiera obrado con la finalidad homicida que se le acusaba. "Queda claro que no existió intención homicida de parte de la madre de la niña, ya que la misma actuó bajo el influjo de un estado puerperal que debilitó su juicio crítico, su capacidad de discernimiento y menoscabó su voluntad al momento de ocurrir el hecho investigado", argumentó el abogado defensor, quien solicitó que la causa fuera modificada como "Abandono de Persona". El votante en primer término, Héctor Cornejo, indicó que el cuestionamiento no podía prosperar porque se acreditaba, con el grado de probabilidad exigido en esa etapa procesal, que la conducta de la imputada antes, durante y después del hecho revelaban una acción deliberada antes que una actitud sin conocimiento del propio acto y de sus consecuencias posibles. "La imputación realizada por la juez de grado se corresponde adecuadamente con la conducta de una persona que no puede determinar la paternidad de la hija que acaba de parir, que intenta ocultar su parto hasta negárselo al propio médico que la atiende y que desarrolla una meticulosa actividad para desprenderse de la hija recién nacida, arriesgándola a una muerte más que probable. En cuanto a la consciencia de su propia conducta, el informe de la Psicóloga Forense descartó indicadores compatibles con una posible psicosis postparto o depresión postparto, lo que permite sostener la tipicidad subjetiva dolosa de la acción, al menos en esta etapa de la investigación", explicó el juez Cornejo. Teniendo presente la provisoriedad y variabilidad de la decisión en orden a la resolución de la situación procesal de la imputada propia de este estadio procesal, tanto Cornejo como sus pares, Mario Alegre y Diego Núñez Huell, coincidieron que con los datos recolectados hasta la fecha, "obraban elementos positivos que en grado de probabilidad, sustentaban el auto de procesamiento dictado".   Fuente:www.diarioellibertador.com.ar

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